La corrupción y sus pruebas

Entre corrupción
e intromisión
CƩsar Azabache
Caracciolo
En estos dĆ­as se ha registrado una denuncia especialmente grave asociada a
grabaciones privadas de conversaciones aparentemente sostenidas entre abogados
locales. La trascripción de las cintas parece mostrar diÔlogos sobre aparentes
pagos ilegales hechos a Magistrados del judicial. La reacción ante el hecho ha
sido de alarma y la fiscalía ha iniciado ya una investigación formal sobre los
hechos.

La denuncia ha caĆ­do en medio de un momento de
profundo desconcierto. La comunidad siente que las autoridades no son
confiables y que el sistema se ha vuelto demasiado vulnerable a presiones
ilegales. Imperceptiblemente, la desesperación que esto provoca estÔ generando
un clima de tolerancia a prÔcticas repudiables como la intromisión en
comunicaciones telefónicas y electrónicas de terceros. Aparentemente estamos
ante un dilema: ĀæNo es ilegal entrometerse en comunicaciones de terceros? ĀæPero
vamos a renunciar a enfrentar al monstruo de la corrupción por simples detalles
legales? ¿Toleramos la corrupción o toleramos el uso de procedimientos ilegales
para obtener pruebas contra ella? MƔs de uno se sentirƔ tentado a reclamar el
derecho de todos a que se use los medios que estƩn a nuestro alcance para
llevar a juicio a quienes aparecen registrados en conversaciones sospechosas.
Pero ¿Es la intromisión el camino correcto? Finalmente ¿No fue eso lo que
hicimos para enfrentar a la organización de Montesinos?

Primero aclaremos las cosas. Las cintas de
Montesinos no eran grabaciones de comunicaciones de terceros. Eran el registro
de las reuniones que el propio Montesinos celebró. Puede parecer una sutileza,
pero no es lo mismo usar las pruebas que un acusado genera de su propio
comportamiento que entrometerse sin autorización de un Juez en comunicaciones
de terceros. Las intromisiones privadas son una cosa distinta al registro de
los actos propios.

Hablamos entonces de intromisiones privadas en
comunicaciones de terceros. Cuando la intromisión halla las pistas de un delito
grave, la comunidad tiende a ver con tolerancia lo ocurrido. Pero quienes
intentan salvar el uso de cintas como las que se han difundido en estos dĆ­as
olvidan que la intromisión no se genera en un solo día ni con un solo acto. La
obtención de esas grabaciones supone la puesta en marcha de un complejo negocio
particular que consiste en montar equipos de escucha e intromisión electrónica,
obtener la información necesaria para iniciar la vigilancia, ubicar el
fragmento que se puede difundir y cobrar dinero por el resultado. Como se trata
de un negocio, el Ʃxito de cada caso promueve el consumo del producto en el
mercado, incrementa la demanda y eleva los precios del servicio. Y como el
mercado se orienta por las ganancias, es imposible no descubrir que la promoción
comercial de este tipo de servicios alienta la competencia, es decir, la
aparición de nuevas firmas ofertando el mismo producto. Y como los productos
exitosos tienden a expandir su mercado de referencia, de los casos de
corrupción pasamos de inmediato a los divorcios y al espionaje industrial y de
negocios. Y con cada ā€œdescubrimientoā€ tolerado, nuevas ganancias para el
mercado ilegal de las intromisiones.

Admitir el uso legal de grabaciones de
conversaciones de terceros implica autorizar el desarrollo de un mercado ilegal
de intromisión en la privacidad. Cada vez que toleramos el uso de cintas como
las recientemente difundidas multiplicamos las probabilidades de nuevas
grabaciones. Y no estƔn expuestos solo quienes cometen delitos o tienen algo
que ocultar. TambiƩn estƔn expuestos quienes negocian con valores bursƔtiles,
descubren procedimientos de industria o simplemente prestan servicios en una
empresa que se puede sentir amenazada por un sindicato. En todos los casos el
producto es el mismo y se legitima en el mercado de la misma manera: Cortando
el camino difƭcil, pero mƔs estable, de los procedimientos legales.

ĀæDeben detenerse las investigaciones iniciadas?
No, pero las autoridades deben ser capaces de continuar las pesquisas por otras
vĆ­as, sin enviar a la comunidad un mensaje que aliente el uso de este tipo de
servicios.

La función de la ley es alentar los
comportamientos regulares y desalentar el uso de marcados ilegales. El sistema
legal debe demostrarnos a todos que no es inútil. Pero también que no se
contradice a sĆ­ mismo.

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