La suspensión del caso JNJ y desacato parlamentario

 El dĆ­a de ayer el judicial ordenó al Congreso suspender el proceso de destitución contra los miembros de la JNJ. Por la noche, la junta de portavoces del Congreso publicó un comunicado rechazando la decisión y pretendiendo que la sentencia del Tribunal Constitucional de 23 de febrero de 2023 dictada a su pedido contra el Poder Judicial impedĆ­a al juez a cargo del caso JNJ limitar sus funciones.
Error. La sentencia de 23 de febrero de 2023 se autolimita a los casos de competencia exclusiva del Congreso que no afecten derechos individuales. Y en este caso, el de la JNJ, el Congreso estaba desplegando un proceso basado en imputaciones personales directas por una infracción, la llamada ā€œfalta graveā€.
El auto cautelar que detiene el proceso no paraliza las investigaciones ni la actividad parlamentaria. Pero prohƭbe, provisionalmente, hacer imputaciones en casos de este tipo, sin una ley previa que defina en quƩ casos puede usar la clƔusula general sobre faltas graves.
Pero, ademÔs de contener un enorme error sobre el alcance del comunicado de 23 de febrero de 2023, con este comunicado, todas las bancadas del pleno se han dado por notificadas del auto que suspende el proceso de destitución de la JNJ. Las bancadas son una entidad de representación colectiva establecida por los propios congresistas. De modo que cuando el presidente les informa que la suspensión existe, les notifica formalmente de ella por canal oficial y, al hacerlo, notifica a todos los representados en la Junta de Portavoces.
En estas condiciones, proceder en contra del auto se ha convertido ahora en un delito flagrante perfecto. De hecho, antes del comunicado, solo el presidente habĆ­a sido perfectamente notificado. La sentencia del proceso contra el #PJ no les protege en este caso.
Importante notar que en este caso el Poder Judicial no pone en cuestión la competencia del Congreso para proceder. Pone en cuestión la posibilidad de hacerlo sin ley previa contra los magistrados de la #JNJ en un caso que, por cierto, no es auto evidente como era el del CNM audios. Por eso la suspensión estÔ fuera del Ômbito de protección que el Tribunal Constitucional le dio al Congreso hace poco contra el Poder Judicial.

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