Palma Moreno

En abril de 2012, un redactor de la página económica del Diario Perú21 fue detenido por la policía por entrometerse en la correspondencia electrónica de un Ministro de Estado.  Su confesión y las investigaciones desarrolladas por el equipo de agentes de la policía a cargo de la investigación demostraron que este redactor solía espiar espacios privados de internet de funcionarios públicos aprovechando errores o descuidos cometidos en la organización de sus clave y contraseñas (usar referencias evidentes, como el apellido, por ejemplo).

La Fiscalía presentó cargos contra este trabajador del Diario Perú 21, por intrusión informática y por violación de secretos de Estado y extendió las investigaciones contra la editora en jefe de la sección del diario en el que laboraba por este segundo delito.  La Fiscalía sostuvo que debido a su cargo, debió saber que por lo menos dos noticias publicadas en su sección habían sido escritas empleando información obtenida de esa manera.

El procedimiento de instrucción comenzó en mayo de 2012 y dejó en evidencia que las dos únicas notas publicadas por el redactor en base a la información que había obtenido no se referían a secretos de Estado.  El diario no fue incluido en el procedimiento.

En abril de 2013, la Sala de Apelaciones revocó una primera decisión que había anulado el procedimiento seguido en contra de la editora por falta de correspondencia entre las normas del delito de violación de secretos de Estado y los hechos invocados por la Fiscalía.  En diciembre de 2014, la Fiscalía Superior acusó al redactor responsable por intrusión informática y propuso el sobreseimiento del caso seguido en contra de los dos investigados por violación de secretos de Estado.  En abril de 2015, con una nueva conformación, la Sala de Apelaciones cambió de posición y anuló el procedimiento seguido contra la editora, esta vez de manera definitiva.

El redactor aceptó su responsabilidad por las intromisiones cometidas.

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