Paradojas

EL CASO MOVADEF
Paradojas
Por César Azabache Caracciolo. Abogado
Los principales líderes del Movadef fueron puestos en libertad el martes 5. Como colectividad reaccionamos con sorpresa ante la noticia. Parece evidente que más allá de su escasa peligrosidad actual, el Movadef es una nueva expresión del Sendero Luminoso de Abimael Guzmán Reynoso y que, en consecuencia, haberlo organizado y dirigido constituye un delito que debe ser castigado lo más rápido posible. Sin duda, contábamos con que nuestras impresiones compartidas sobre el Caso Movadef debían convertirse automáticamente en una orden de prisión para los investigados y que esa orden debía ser sostenible en el tiempo. Sin embargo, el tribunal presidido por el juez Víctor Valladolid decidió en contra de la necesidad de la prisión y al hacerlo creó una paradoja que evidentemente nos está siendo difícil resolver.
En contra de lo que parece, la llave maestra para entender lo que sucedió en este caso no está en la decisión del tribunal (revisada muchas veces en estos días), sino en la audiencia de apelaciones que le dio origen. Las reglas del procedimiento judicial suponen que los jueces solo deben dar la razón a quien puede demostrar que la tiene en un debate público desarrollado ante un tribunal. Las decisiones judiciales no son justas o injustas según correspondan o no a nuestras preferencias subjetivas. Son justas o injustas según correspondan o no a lo discutido en audiencias. La paradoja en el Caso Movadef existe porque estamos intentado comparar la decisión con nuestras creencias, cuando deberíamos primero revisar si estas mismas creencias fueron adecuadamente expresadas durante los debates que sirvieron de fundamento a la decisión del tribunal.
Al menos en teoría, las impresiones colectivas de la comunidad solo pueden ser tomadas en cuenta por los tribunales en la medida en que los abogados, fiscales y procuradores tengan la habilidad de convertirlas en razones legales claras y convenientes durante el procedimiento judicial. El sistema legal impone la ley y el debate ente las partes como filtros que median entre las preferencias individuales y las decisiones públicas. Por eso los jueces no son elegidos por el voto de las mayorías. La Constitución les exige poder decirle “no” a las mayorías cuando sus representantes no logran organizar alegaciones suficientemente fundadas en una dirección u otra.
Como colectividad, arrastramos una enorme incapacidad para convertir nuestras preferencias subjetivas en razones aceptables para los otros. El Caso Movadef ofrece, en el terreno legal, uno de los mejores ejemplos de las consecuencias que provoca este déficit. Parece que creyéramos que si estamos convencidos de tener derecho a algo y se nos niega, entonces quien lo niega debe salir de la escena, debe ser reemplazado por otro. Y esto es, con mayores o menores detalles, lo que el judicial parece dispuesto a hacer con los miembros del tribunal que intervino en este caso. Sacarlos de la escena.
No es necesario mucho esfuerzo para notar hasta qué punto es regresivo optar por la eliminación del otro cuando nos niega algo que creemos merecido. De hecho, ante una derrota parcial, el camino más sensato siempre resulta tomar en cuenta lo ocurrido y reorganizar nuestras pretensiones para volver a intentarlo.
A propósito, ¿alguien está haciendo algo por evitar una eventual fuga de los investigados?
Publicado en El Comercio el lunes 25 de agosto del 2014

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