Entre los años 1993 y 2001, el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) adjudicó los contratos de seguros de su sede central a Rímac Internacional Compañía de Seguros y Reaseguros.
En 2003, la Contraloría General de la República presentó observaciones sobre lo que entendió como un incremento injustificado del valor de la póliza contra incendios aplicable al edificio principal del BCRP. Ese año, la Fiscalía inició una investigación que alcanzó a todos los funcionarios que intervinieron en los proceso de selección de proveedores y celebración de contratos.
La fiscalía, en agosto de 2008, concluyó que no existían razones para considerar que se hubiera violado la ley de alguna manera al momento de elegir al proveedor o celebrar los contratos de seguros.
Sin embargo, en setiembre de 2009, otra Fiscalía denunció a los funcionarios y ex funcionarios del BCRP que intervinieron en estos contratos por colusión desleal. El procedimiento de instrucción se inició en abril de 2010. En diciembre de 2010 y setiembre de 2011, se desestimó una excepción por la que se solicitó al judicial declarar que los hechos no reunían los elementos del delito por colusión, pero en noviembre de 2011, la Sala de Apelaciones declaró que la disposición fiscal que desestimó el caso en agosto de 2008, impedía un segundo procedimiento sobre los mismo hechos en contra de todas las personas que hubieran sido investigadas en esa oportunidad.
En enero de 2012, la Fiscalía retiró los cargos. El dictamen de sobreseimiento fue aprobado por la fiscalía suprema en agosto de 2012. En setiembre, la Sala envió al archivo el caso.