Delegación de facultades legislativas

Cuarenta y seis años de historia en el Perú

CƩsar Azabache Caracciolo[1]

1.

Tenemos entre manos un proceso de delegación de facultades que se entrampa a sí mismo de manera insistente, sorprendente y desproporcionada. Podemos asociar ese entrampamiento a una serie de errores cometidos en el diseño de la solicitud presentada por el gobierno en agosto o podemos relacionarlo con cierta tendencia a reproducir, consciente o inconscientemente, los niveles de tensión institucional que estamos arrastrando y reinstalando desde el 2016.

Probablemente la interpretación correcta de las cosas requiera combinar ambas causas.

El lenguaje usado por el gobierno al defender la solicitud de agosto de 2026 sugiere que de ella depende la viabilidad de sus planes. La solicitud parece representar en el imaginario del Ejecutivo una suerte de ritual de instalación: una condición indispensable para echar a andar la maquinaria de un gobierno que parece creer que en la solicitud se pone en juego toda su capacidad de innovación legislativa.

Ocurre sin embargo que las solicitudes de este tipo jamÔs han representado algo semejante. La delegación de facultades es una vÔlvula de ajuste institucional que en 46 años, salvo excepciones, ha sido usada por tramos, progresivamente, para pocas materias especialmente acotadas cada vez[2]; en secuencias destinadas a cubrir cada periodo de gobierno en toda su extensión.

El ciclo en el que estamos aún no ha terminado. Cierro estas líneas con la propuesta que Diputados ha enviado al Senado entrampada en la Comisión de Constitución del Senado. Anticipo la publicación de estas primeras líneas para tratar de ordenar las claves que nos pueden ayudar a entender el proceso, sus innecesarias complejidades y sus posibles desenlaces.

Publico estas notas haciƩndome cargo de estar publicando un texto provisional, uno que tendrƔ que ser revisado cuando el proceso haya terminado.

2.

Las delegaciones de facultades legislativas fueron establecidas como facultad del Congreso, no del gobierno, por la Constitución de 1979. La Constitución de 1933 no contenía este tipo de procedimientos. En España habían sido restablecidos por la Constitución de 1978; estaban en la de 1931 y habían sido admitidos por la prÔctica parlamentaria del reino al menos desde 1834. Aparecían también reconocidos en la Constitución republicana de Italia de 1948.

No se trata entonces de una improvisación.

Para escribir esta entrega hemos tabulado 125 delegaciones de facultades legislativas aprobadas por el Congreso desde 1980. Lo primero que muestra la lista, aunque parezca evidente, es que no existe correspondencia mecÔnica entre la cantidad de veces que el Congreso ha delegado facultades y la cantidad de gobiernos que hemos tenido desde 1980. Son diez gobiernos elegidos: siete presidentes electos; Fujimori elegido tres veces consecutivas y García dos veces no consecutivas. AdemÔs siete presidentes han sido designados por sucesión desde 1980. Entre estos últimos, solo dos, Martín Vizcarra y Dina Boluarte, con periodos de gobierno superiores a dos años.

El listado muestra que no existe solo un procedimiento de delegación de facultades. De las 125 leyes que hemos tabulado, 43 contienen delegaciones que fueron insertadas en leyes sobre otras materias, como las leyes de presupuesto (8 casos), las de equilibrio financiero (6), las de endeudamiento externo (5) y las de financiamiento del presupuesto (2), ademÔs de leyes orgÔnicas, de reorganización de entidades y otras leyes especiales (22). Dieciséis leyes han alterado delegaciones ya concedidas. Recaen sobre trece delegaciones, tres de ellas intervenidas mÔs de una vez. Quince solo ampliaron o concedieron un plazo; una sola, la ley 24932 de noviembre de 1988, restringió el plazo y el alcance de la delegación original.

Las primeras decisiones de delegación no son, entonces, necesariamente definitivas o irreversibles.

Las delegaciones de facultades legislativas han formado procesos que se han extendido a lo largo de cada uno de los gobiernos registrados en todo el periodo, hayan sido gobiernos elegidos o gobiernos establecidos por sucesión presidencial. Las delegaciones parecen haber sido reconocidas a lo largo de esta historia como un recurso escaso que no debe ser expuesto a ejercicios depredatorios. Entre ellas, tienen un sentido particular las solicitadas por un gobierno que viene de ganar elecciones y las solicita mientras estÔ definiendo los términos de referencia de sus relaciones con el Congreso. Los gobiernos por sucesión pueden haberse originado, es lo que ha ocurrido desde 1980, en una intervención del propio Congreso, sea por la destitución del presidente anterior (Fujimori en el 2000, Vizcarra en el 2020, Castillo en el 2022 y Boluarte en el 2025; Jerí, en el 2026, bajo el procedimiento de censura) o tomado algún papel en la renuncia del presidente anterior (Kuczynski en el 2018 y Merino en el 2020). Usar los procedimientos de delegación de facultades tiene un sentido distinto en estos casos.

Del total tabulado, 25 delegaciones se otorgaron en diciembre o antes de diciembre del primer aƱo del gobierno elegido que las solicitó. Estas 25 delegaciones no son claramente la mayorĆ­a de las contabilizadas, son apenas el 20% de los casos; una clara minorĆ­a. Pero tampoco corresponden mecĆ”nicamente a cada periodo constitucional de un gobierno elegido. El promedio es dos y media por rĆ©gimen, no una. Fernando BelaĆŗnde, en 1980, obtuvo cinco; Alan GarcĆ­a, en 1985, siete, y Alberto Fujimori, en 1990, seis. Solo Alberto Fujimori, en su tercer gobierno, y Alejandro Toledo, en el 2001, no registraron ninguna delegación de facultades legislativas de estas, que llamaremos ā€œtempranasā€. El tercer gobierno de Alberto Fujimori duró solo cuatro meses, y esos cuatro meses estuvieron sobrecargados por la crisis de corrupción que lo llevó a la fuga y a la vacancia. Alejandro Toledo fue elegido despuĆ©s de una transición que habĆ­a empezado ya a desmontar la legislación heredada de los aƱos 90, de modo que probablemente su gabinete estimó innecesario usar el procedimiento de delegación en el primer tramo de su gobierno.

De estas 25 delegaciones tempranas, solo cuatro se refirieron a mĆ”s de dos temas. Llamaremos ā€œĆ³mnibusā€ a las que tienen mĆ”s de dos temas, considerando que son las mĆ”s abarcativas o extendidas en contenidos. Son ademĆ”s las delegaciones que conducen a la aprobación de paquetes legislativos particularmente extensos.

La primera delegación ómnibus de facultades delegadas fue obtenida por el segundo gobierno de Fernando Belaúnde en diciembre de 1980. Tuvo por objeto desvincular al sistema legal en todo lo posible de la herencia de decretos leyes dejada por el gobierno militar de los años setenta. En ese marco se promulgaron 209 decretos legislativos que fueron publicados entre enero y junio de 1981. La necesidad y la extensión de ese paquete de entonces parecen claras, pero el primer movimiento del segundo gobierno de Acción Popular no fue anticiparla o imponerla como condición para desplegar su gestión, sino lanzarla después de haber hecho funcionar el mecanismo de delegaciones con tres solicitudes previas muy acotadas primero. Esas tres primeras delegaciones tuvieron por objeto crear el Sistema Nacional de Cooperación Popular (octubre), reestructurar el Ministerio de Agricultura (también en octubre) y derogar o modificar los decretos leyes con que el régimen militar había expropiado los diarios, las radios y las televisoras (noviembre).

La primera delegación ómnibus fue concedida por el Congreso en diciembre, solo después de estas tres primeras delegaciones, y a ella, por cierto, aún siguió una adicional concedida también en diciembre de 1980 en el marco de la ley sobre el presupuesto de la república para el ejercicio 1981.

La segunda delegación ómnibus la obtuvo Alberto Fujimori en junio de 1991. No es una de las 25 delegaciones tempranas. Condujo a los 117 decretos legislativos publicados entre junio y noviembre de ese año. Pero solicitar esta delegación tampoco fue el primer movimiento de su gobierno. Ese espacio lo ocupó el shock antiinflacionario de agosto de 1990, que no vino precedido de ninguna delegación de facultades establecida como condición previa a su lanzamiento. Las primeras delegaciones, las de 1990, las tempranas, estuvieron dirigidas a tributos y exoneraciones (octubre), reformas a los códigos Penal, Procesal Penal y Procesal Civil (dos en octubre y una en noviembre) y, nuevamente, equilibrio financiero, tributos y banca (dos en diciembre). El paquete ómnibus de Alberto Fujimori estuvo dividido en tres temas: pacificación nacional, fomento del empleo y crecimiento de la inversión privada. El Congreso derogó o modificó 28 de estos 117 decretos legislativos, 14 del bloque de seguridad interior, en un proceso que se extendió hasta febrero de 1992 y desató la crisis institucional que desembocó en el golpe de abril de ese año.

El segundo gobierno de Alberto Fujimori, instalado en 1995, con mayoría propia en el Congreso, obtuvo ocho delegaciones de facultades en cinco años; dos de ellas en diciembre de 1995. Una estuvo contenida en la ley de presupuesto de 1996 para reorganizar entidades y sistemas administrativos del Estado y la otra trató sobre tributación, protección al consumidor, propiedad intelectual, pensiones, formalización de la propiedad y empresas agrarias. Materialmente esta delegación fue temprana y tiene la forma de un ómnibus. Produjo 31 decretos legislativos publicados entre el 31 de diciembre de 1995 y el 24 de abril de 1996 (contando las dos delegaciones de diciembre como un solo paquete, que es como las usó el gobierno), pero institucionalmente se apoya en una mayoría parlamentaria que de una forma u otra fue establecida durante su primer gobierno, especialmente a partir de las elecciones convocadas para confirmar el Congreso Constituyente de 1993. Esta fue una de las delegaciones tempranas que abarcaron mÔs de dos temas. Y fue ademÔs una delegación obtenida por un gobierno elegido. Tiene también apoyo en una historia anterior de delegaciones. Pero no forma parte de un proceso en el que se estén conformando materialmente los términos de referencia del gobierno con el parlamento.

La delegación mÔs extensa del segundo gobierno de Alan García, su propio ómnibus, fue concedida en diciembre de 2007. Tampoco estÔ en la lista de las delegaciones tempranas. Antes de ella García había obtenido facultades para legislar en materia tributaria en diciembre de 2006 y en asuntos penales en abril de 2007. En el desarrollo de la delegación ómnibus de diciembre de 2007 el gobierno de García promulgó entre marzo y junio de 2008 99 decretos legislativos. El paquete se refiere a las condiciones establecidas en las negociaciones del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, que entró en vigencia en febrero de 2009. Incluyó cinco instrumentos sobre tierras comunales, dos de los cuales, los decretos legislativos 1015 y 1073, tuvieron que ser derogados en setiembre de 2008 por las resistencias sociales que originaron.

El paquete de delegaciones ómnibus de Pedro Pablo Kuczynski, autorizado en octubre de 2016, estÔ, este sí, en el periodo de delegaciones tempranas. Es ademÔs el único del ciclo que no fue precedido por un listado de delegaciones previas mÔs acotadas. El escenario en que se concedió estuvo marcado por una tensión visible entre la mayoría del Congreso, en ese caso fujimorista, y el gobierno. En su desarrollo se promulgaron 112 decretos legislativos que fueron publicados entre octubre de 2016 y enero de 2017. De ellos, 14 fueron derogados parcialmente en mayo de 2017, en un ciclo que venía de definirse por el significado de la censura a Jaime Saavedra y el alcance de las revelaciones de Odebrecht; ambos eventos registrados en diciembre de 2016; las secuelas del caso Chinchero, que provocaron la renuncia del ministro Martín Vizcarra, la pérdida de confianza al ministro Thorne y, en parte, la destitución del Contralor Alarcón. El inicio de las investigaciones sobre la influencia de Odebrecht en las campañas políticas del 2011, data también de ese periodo. El ciclo quedó convertido en antecedente de la cuestión de confianza presentada por el ministro Zavala en setiembre de 2017, denegada ese mismo día, y en las mociones de vacancia presidencial de diciembre de 2017 y marzo de 2018, la segunda de las cuales condujo a la renuncia de Kuczynski.

No todas las delegaciones ómnibus han conducido a situaciones institucionalmente equilibradas. La del segundo gobierno de Fernando Belaúnde, mÔs allÔ de cuestiones técnicas, no se observa asociada a una crisis institucional, pero la de Alberto Fujimori en 1991 constituye la antesala de un golpe de Estado, la de García en el 2008, en parte, condujo a la crisis de Bagua y la de Kuczynski en el 2016 acabó insertada en la crisis instalada ese año, que dio origen al proceso de desmontaje institucional del que aún no salimos.

El paquete de Vizcarra, 89 decretos legislativos, fue autorizado en julio de 2018, cuatro meses después del inicio de su periodo de gobierno, por una ley que cubría gestión económica y competitividad, integridad y lucha contra la corrupción, violencia y vulnerabilidad y modernización del Estado. Antes de eso, en mayo, Vizcarra había recibido facultades para legislar sobre reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios. Su delegación mÔs extensa, cuatro temas en los primeros meses de su gobierno, forma materialmente otro ómnibus, pero no ha sido incluida en los recuentos de estas notas sobre delegaciones tempranas y ómnibus por una cuestión formal que ya hemos explicado: Vizcarra fue un presidente por sucesión, heredó el marco político de su predecesor, incluida la primera cuestión de confianza del periodo, que lo colocó en la antesala del cierre del Congreso de setiembre de 2019. En su caso, el uso de una delegación ómnibus estÔ inscrito en un plano distinto de tensión, que incluye lanzar un referéndum nueve días después de obtener la delegación, proponer que se adelanten las elecciones generales y terminar cerrando el Congreso. En marzo y mayo de 2020, ya con el nuevo Congreso corto que se instaló después del cierre de setiembre de 2019, Vizcarra obtuvo nuevas facultades para legislar en asuntos vinculados a la emergencia sanitaria por el COVID-19 y el régimen penal y penitenciario. Cuatro delegaciones en dos años y ocho meses para legislar en siete temas, todas desarrolladas en medio de relaciones tensas con uno y otro Congreso.

No entran en este listado de constataciones los ciclos de delegaciones propiamente funcionales. En su primer gobierno, instalado en 1985, García Pérez con mayoría en las dos cÔmaras del Congreso, usó este dispositivo 40 veces en cinco años, siete entre julio y diciembre de 1985, ninguna en el formato de un ómnibus. En febrero y marzo de 2001, la transición de Paniagua obtuvo dos delegaciones para legislar sobre inspecciones de trabajo y tributos. El gobierno de Alejandro Toledo, instalado después de la transición, sin tener una mayoría propia en el Congreso, obtuvo cuatro delegaciones en cinco años, la primera recién en enero de 2003, a año y medio de su instalación. Los temas: terrorismo, tributos, Código Procesal Penal y Código de Justicia Militar y Policial. Humala prefirió desarrollar un esquema de negociación permanente con el Congreso: siete delegaciones temÔticas en cinco años de gobierno con 144 decretos legislativos publicados sin que se desatara ninguna crisis política de envergadura entre ambos poderes.

Castillo, probablemente el presidente que peores relaciones ha tenido con el Parlamento desde 1980, redujo al mínimo el uso de este dispositivo: una sola delegación aprobada en diciembre de 2021 con un recorte de materias y plazo respecto al pedido original. Dina Boluarte y José Jerí, gobernantes por sucesión, no entran en el recuento de delegaciones tempranas por la misma razón por la que no entra Vizcarra: no marcan esa relación particular que se genera después de las elecciones. Pero en términos de recuento, registraron cuatro delegaciones entre febrero de 2023 y diciembre de 2025, tres de Boluarte y una de Jerí; una gradualidad que representa un ciclo de administración funcional de facultades manejadas desde una mayoría del Congreso que actuaba en sincronía completa con gobiernos transitorios establecidos por ella misma.

3.

La solicitud de facultades que estÔ ahora tramitÔndose en el Senado se presentó al Congreso a finales de agosto de este año. Las dimensiones del pedido original lo asemejan a las grandes delegaciones, las ómnibus, que en nuestro caso, como estÔ dicho, son cuatro, la de Belaúnde en 1980, la de Fujimori en 1991, la de García en el 2008 y la de Kuczynski en el 2016. Importante notar que de estas cuatro, la única delegación ómnibus obtenida sin haber hecho antes un ejercicio previo basado en otras pequeñas delegaciones de facultades acotadas fue la de Kuczynski en el 2016. Esa fue, lo hemos visto también, una delegación inscrita en un proceso de relaciones hostiles entre la mayoría del Congreso y el gobierno que se habían establecido como tales apenas terminaron las elecciones. La instalación de esa mayoría como mayoría del Congreso de entonces es uno de los puntos que marca el inicio de ese proceso de desmontaje institucional del que no acertamos a salir.

De alguna manera reproducir el formato de Kuczynski sugiere un esfuerzo, consciente o inconsciente, por formar un bucle que reproduzca ahora de una manera u otra ese ciclo.

La solicitud de agosto de 2026 contiene 66 materias reunidas en ocho temas: (i) seguridad ciudadana; (ii) micro y pequeƱas empresas; (iii) trabajo; (iv) simplificación administrativa; (v) desarrollo productivo; (vi) tributos; (vii) ā€œreforma estructuralā€ (en realidad una miscelĆ”nea que mezcla reformas al servicio civil, al sistema de inteligencia, a SEDAPAL y al INDECI); y (viii) vivienda.

El pedido de facultades delegadas fue presentado el 28 de agosto, ocho días antes que se publicara el documento que resume la Política General de Gobierno (5 de setiembre; decreto supremo 127-2026-PCM). La descoordinación en el tiempo va acompañada por un error que podría ser simplemente editorial: la Política General presenta cinco ejes y la solicitud de facultades ocho. Salimos sin embargo del plano de las descoordinaciones y de los simples errores editoriales cuando notamos que la salud, que ocupa un lugar claro en la Política General, no aparece entre los ejes de la solicitud de facultades delegadas.

Extraño por decir lo menos que el gobierno sienta que no le hace falta ningún soporte legal que justifique un pedido de facultades para estabilizar un sector como la salud, que ademÔs de ser prioritario ha sido fuertemente dañado por la cadena de improvisaciones que caracterizan las decisiones públicas desde que se instaló el ciclo de desmontaje institucional[3].

Las discusiones que se abrieron sobre el sentido de la solicitud, su extensión y la pertinencia de las materias que contenía desplazaron a un segundo plano dos debates muy importantes: el de la forma del presupuesto del ejercicio 2027 y el del REINFO, el eterno registro provisional de mineros informales[4]. También han afectado los términos de la discusión sobre la falta de iniciativa que ha mostrado el gobierno cumplidos los ochenta primeros días de su gestión en las dos materias urgentes: seguridad interior y El Niño. En ambos asuntos los voceros del gobierno han intentado culpar a la falta de delegaciones por la falta de reacción sobre urgencias, sin notar que no todas las urgencias requieren cambios legales ni facultades delegadas[5].

De hecho las urgencias, por sí mismas, no han sido un concepto presente en las discusiones históricas sobre facultades legislativas delegadas. La lista de delegaciones que presentamos con esta nota lo demuestra. Tanto en los pedidos cortos como en los ómnibus las facultades han sido solicitadas sobre materias en las que los gobiernos han defendido la necesidad de conectar leyes con definiciones políticas. MÔs que urgencia, el concepto de referencia ha sido consistencia.

Históricamente las urgencias han sido enfrentadas con medidas directas de gestión, exoneraciones de procedimientos administrativos, estados de emergencia, decretos de urgencia, donde hayan correspondido y hayan sido necesarios, o leyes de trÔmite urgente. La tabla que presentamos con esta comunicación muestra que solo cinco de 125 delegaciones registradas corresponden a situaciones de urgencia; todas ellas después del inicio o la ocurrencia de la catÔstrofe que las provocó. No para prevenirla o gestionarla, que son asuntos de gobierno, sino para ajustar el marco legal durante el proceso de contención de sus consecuencias[6].

En materia de criminalidad organizada o terrorismo las cosas no son distintas: siete delegaciones de 125, aunque justicia penal y orden interno aparece en 27 delegaciones.

Si ensayamos una contabilidad del contenido de las delegaciones por temas, juntando las materias que aparecen en las tablas, los que mÔs veces aparecen en las delegaciones son economía, finanzas públicas e impuestos, que aparece 70 veces; administración pública, 22; códigos, fuera de los penales y procesales penales, 13; trabajo y temas sociales, 11.

En lo que va del procedimiento que ha seguido a la solicitud de agosto, la ā€œurgenciaā€ ha sido empleada por el gobierno como si su invocación funcionara como un acelerador del proceso. Pero las delegaciones no son un asunto de trĆ”mites urgentes. De hecho, las Ć”reas que con mĆ”s frecuencia han sido objeto de delegaciones son las que reclaman consistencia tĆ©cnica entre leyes y polĆ­ticas pĆŗblicas, no las que se refieren a urgencias.

Si cruzamos las 66 materias contenidas en la solicitud de facultades de agosto de 2026 con el listado de temas mÔs frecuentes en las delegaciones registradas desde 1980, encontraremos exactamente aquello que ha sido objeto habitual de las delegaciones aprobadas en 46 años: tributos y aduanas, las mype y el desarrollo productivo corresponden al bloque de economía, finanzas públicas e impuestos, el mÔs frecuente de la serie. La solicitud tiene medidas sobre reforma del Estado, vivienda, trabajo y asuntos sociales. Pero ninguno de estos temas puede reclamarse como urgente, de modo que al insistir el gobierno en esta construcción, sin notarlo los puso de lado.

El discurso sobre la urgencia, en un procedimiento en el que manda la consistencia técnica y la especialización distorsionó el debate. En octubre de 2026 Diputados acordó proponer al Senado la aprobación de 20 materias; 6 incluidas en el bloque sobre seguridad ciudadana y 14 que, aunque estaban dispersas en los demÔs bloques, fueron relacionadas con la atención a las emergencias del Fenómeno El Niño.

La insistencia en la urgencia centró el debate en los asuntos que usualmente no se discuten por la vía de las facultades delegadas, El Niño y criminalidad violenta. Las opciones de recorte quedaron distorsionadas. Imposible establecer cómo se habría desarrollado el proceso si el gobierno hubiera optado por priorizar las materias usuales, aquellas en las que resulta imprescindible dar prevalencia a la consistencia técnica entre leyes y políticas públicas o si hubiera dosificado sus solicitudes notando que las delegaciones requieren consistencia, no rapidez.

En el debate el gobierno no notó las diferencias entre las distintas velocidades y procedimientos que reclaman las urgencias y las delegaciones. Mezcló todos los asuntos que pudo en un solo pedido de facultades delegadas precipitado e indiferenciado. Renunció a distribuir sus solicitudes a lo largo del tiempo, renunció a ensayar primero procedimientos acotados de delegaciones parciales, renunció a usar los procedimientos para proyectos de ley de trÔmite de urgencia, la iniciativa legislativa ordinaria, las declaraciones de emergencia por sectores y los decretos de urgencia para embarcarse en una pelea reforzada por un lenguaje fuertemente confrontacional.

4.

El primer proceso de delegación de facultades promovido por este gobierno estĆ” ocupando un espacio que no le corresponde. La delegación ha sido presentada como si fuera el ritual necesario de iniciación de un rĆ©gimen de gobierno, ā€œuna buena prĆ”ctica democrĆ”ticaā€, ha dicho Jaime de Althaus[7]. Pero no lo es. No es cierto que ā€œtodosā€ los gobiernos elegidos desde que entró en vigencia la Constitución de 1979 hayan hecho algo semejante a una apuesta por convertir sus planes de gobiernos en facultades legislativas delegadas. Tampoco es cierto que la viabilidad de cada gobierno haya dependido de la primera delegación que hayan ensayado.

El gobierno ha definido los tĆ©rminos de este proceso en medio de un apresuramiento muy poco reflexivo, sin darse cuenta de que estamos colocando arbitrariamente la solicitud de delegación de facultades en el espacio institucional —ahora vacĆ­o— que ocupaba antes de la reforma constitucional de marzo de 2024 el otorgamiento de la confianza del primer gabinete. El proceso ha quedado convertido en una simple operación de reemplazo simbólico montada sin una revisión suficientemente crĆ­tica de la forma en que por esta vĆ­a se distorsiona el sentido y la utilidad constitucional de este procedimiento.

Incluso en el lenguaje usual hemos llegado a asociar las solicitudes de facultades, sin notarlo, con la amenaza de cerrar el Congreso —diputados, en el rĆ©gimen actual—, a pesar de las nulas conexiones constitucionales que tienen ambos procedimientos. En la Constitución el cierre del Congreso estĆ” asociado a la denegación de confianza, pero la denegación de una solicitud de facultades no es lo mismo que una denegación de confianza. De acuerdo a la forma que han adquirido despuĆ©s de la ley 31355, de octubre de 2021, y de la reforma constitucional de marzo de 2024, las cuestiones de confianza son un botón rojo que el gobierno solo puede activar a partir de pedidos relacionados con sus propias facultades de gobierno. La ley 31355 excluye expresamente de la confianza las materias que son competencia exclusiva del Congreso. La delegación de facultades legislativas es una atribución que se desprende de una competencia ajena al gobierno, la de legislar, que no puede ser delegada sin una justificación clara.

Sin embargo la falsa asociación entre ambas instituciones, denegación de confianza y denegación de delegación de facultades legislativas se instaló desde antes que se formalizara el pedido. La causó JosuĆ© GutiĆ©rrez, Defensor del Pueblo, que en agosto sostuvo que si la presidenta disolvĆ­a el Congreso su popularidad subirĆ­a ā€œ20 o 30 puntosā€. El 29 de setiembre, con la solicitud aĆŗn detenida en comisiones, el primer ministro Galarreta afirmó que en este asunto el gobierno habĆ­a mantenido ā€œpaciencia democrĆ”tica… hasta el momentoā€. El mismo dĆ­a la presidenta afirmó que las organizaciones de oposición ā€œEstĆ”n poniendo a prueba [su] pacienciaā€. En el camino la opción de cerrar el Congreso fue repetidamente negada por la presidenta y por sus ministros, pero sin observar que el punto ni siquiera puede estar en discusión cuando se trata de rechazar solicitudes de facultades delegadas.

Desde la oposición, la vinculación entre ambos temas ha sido hecha a la defensiva. El 5 de setiembre el diputado Ernesto Zunini, de Juntos, calificó la solicitud de facultades como ā€œun intento encubierto de disolver la CĆ”mara de Diputadosā€. El 30 de setiembre el senador Jaime Delgado, de Ahora Nación, sugirió que las declaraciones sobre la paciencia del gobierno podĆ­an anticipar un intento por cerrar Diputados: ā€œĀæluego [de esas declaraciones sobre la ā€˜paciencia’] quĆ© viene?ā€, preguntó en pĆŗblico. El 5 de octubre, preguntada si disolverĆ­a Diputados, la presidenta se limitó a decir que no va a ā€œahondar en el debateā€.

El cierre no parece políticamente posible: no solo porque el texto constitucional lo asocia a un procedimiento distinto, la denegación de confianza, sino ademÔs porque la Constitución dispone que, si se usa esa facultad se llame a elecciones para reemplazar a los diputados, y no es imaginable que el gobierno quiera exponerse a un proceso en el que no contaría con la locomotora de arrastre de su partido, que es la señora Fujimori.

Pero aun asĆ­, notar que la distorsión existe en el plano del discurso resulta muy Ćŗtil para entender el peso desproporcionado que tiene cada forma de contar las cosas, el tremendismo con que se presenta el ā€œtodo o todoā€ en que ha venido insistiendo el gobierno y el ā€œentonces nadaā€ con que le contesta Juntos, el sector mĆ”s radical de la oposición.

En el proceso iniciado en agosto de 2026 la solicitud de facultades delegadas ha sido instalada en ese espacio que hasta la última reforma constitucional ocupaba la primera cuestión de confianza del gabinete. Esta extrapolación explica la forma en que se han alterado los sentidos políticos de un proceso que mantenemos sobrecargado con significados que no le corresponden.

Listado de delegaciones

Nota tƩcnica

Matriz consolidada de contraste. Corte al 7 de octubre de 2026, revisada y cotejada el 8 de octubre, ajustada el 15 de octubre y cerrada el 16 de octubre de 2026.

Auditoría jurídica: ChatGPT (OpenAI). Revisión editorial posterior y cotejo de fechas, títulos y clÔusulas contra el Archivo Digital de la Legislación del Perú: Claude (Anthropic).

Alcance: La conciliación de la tabla previa y de los hallazgos acumulados fue revisada por el autor.

Criterio de clasificación. Delegación original: autorización para dictar decretos legislativos. Prórroga/modificación: altera autorización previa sin constituir una nueva. Procedimiento presupuestario especial: mecanismo de promulgación distinto de la delegación ordinaria.

Tipo. Cada fila se individualiza en una de cuatro clases. Delegación: ley dictada para delegar. Delegación en ley de otro objeto: clÔusula habilitante dentro de una ley de presupuesto, financiamiento, endeudamiento u otra; cuenta como delegación. Prórroga o modificación: amplía o altera una delegación anterior; se lista, pero no se suma a las delegaciones, porque no contiene ampliaciones temÔticas sino solo temporales. De las 16 filas de este tipo, 15 solo amplían o conceden un plazo. Una, la ley 24932, altera plazo y alcance en sentido restrictivo, pero dentro del marco de la delegación original, la ley 24913, por lo que no ha sido contabilizada como una delegación nueva o adicional. La ley 24792, que reforma la ley 24650, fue registrada inicialmente como modificación; su lectura mostró que contiene una habilitación nueva, la disposición décimo octava J, que encarga crear por decreto legislativo el Sistema de Banca Regional de Fomento en 90 días, por lo que se cuenta como delegación en ley de otro objeto. Con ese ajuste el recuento es de 125 delegaciones: 82 leyes dictadas para delegar y 43 clÔusulas en leyes de otro objeto. Procedimiento especial: fuera del recuento ordinario.

Grados de evidencia. Título oficial: la denominación con que el Archivo Digital de la Legislación del Perú registra la ley dice por sí misma que delega, faculta o prorroga. Artículo identificado: se ubicó el artículo o la disposición habilitante; en 36 filas se leyó el 8 de octubre de 2026 en la copia de El Peruano que conserva el Archivo, mediante reconocimiento óptico de texto, y en las demÔs proviene de la auditoría previa hecha por el autor consultando fuentes oficiales.

Fechas. Todas son la fecha de publicación que registra el Archivo Digital de la Legislación del Perú, consultado el 8 de octubre de 2026.

BelaĆŗnde (1980-1985)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
23223 17 oct 1980 Delegación Art. 1: autoriza crear el Sistema Nacional de Cooperación Popular; plazo de 60 días útiles (art. 2). Artículo identificado
23224 22 oct 1980 Delegación Concede al Ejecutivo la facultad de legislar. Según el inventario: reestructuración del Ministerio de Agricultura; promoción y desarrollo agrario. Título oficial
23226 12 nov 1980 Delegación Derogar o modificar los decretos leyes sobre el despojo de los diarios, radios y televisoras Título oficial
23230 16 dic 1980 Delegación Delegación amplia para revisar la legislación del gobierno militar, incluidos códigos, minería, sociedades y organización del Ejecutivo. Título oficial
23233 31 dic 1980 Delegación en ley de otro objeto Ley de Presupuesto de 1981. ClÔusula entre los arts. 88 y 90: plazos de pago, intereses y demÔs cargas financieras de los préstamos externos, fijados por decreto legislativo. Otra clÔusula permite autorizar por decreto legislativo incrementos de remuneraciones y pensiones. Artículo identificado
23350 30 dic 1981 Delegación en ley de otro objeto Ley de Presupuesto de 1982. Art. 156: ampliar por decreto legislativo el presupuesto del Ministerio de Vivienda, una vez concertado el préstamo del plan de agua potable y alcantarillado. Artículo identificado
23403 28 may 1982 Delegación Faculta promulgar mediante decreto legislativo el Código Civil. Título oficial
23526 22 dic 1982 Delegación Ley General de Incentivos, Beneficios y Exoneraciones Tributarias Título oficial
23556 30 dic 1982 Delegación en ley de otro objeto Arts. 154 y 163: ampliaciones presupuestarias mediante decretos legislativos. Artículo identificado
23601 31 may 1983 Delegación Atribuciones del presidente del Consejo de Ministros Título oficial
23672 15 sep 1983 Delegación Servicio militar obligatorio; armas en manos de particulares Título oficial
23708 8 dic 1983 Delegación Transporte terrestre de pasajeros y carga Título oficial
23720 14 dic 1983 Delegación Sistema y Servicio de Inteligencia Nacional Título oficial
23724 14 dic 1983 Delegación en ley de otro objeto Ley de financiamiento del presupuesto de 1984. Arts. 55 (180 días) y 59 (60 días): facultades para dictar decretos legislativos; el art. 29 contiene las materias tributarias que retoma la Ley 23850. Materia de los arts. 55 y 59 por transcribir. Artículo identificado
23740 30 dic 1983 Delegación en ley de otro objeto Art. 128: ampliación presupuestaria del Instituto Nacional de Desarrollo, ejercicio 1984. Artículo identificado
23756 31 dic 1983 Delegación Modificar, ampliar o derogar disposiciones de códigos distintos del Civil Título oficial
23850 9 jun 1984 Delegación Materias del art. 29 de la Ley 23724 (tributaria), con vigencia hasta el 30 de julio de 1984. Título oficial
23853 9 jun 1984 Delegación en ley de otro objeto Ley OrgÔnica de Municipalidades. Disposición quinta: integrar las normas de tributación municipal; 90 días. Disposición sexta: nueva ley del impuesto de alcabala; 90 días. Artículo identificado
23854 9 jun 1984 Delegación en ley de otro objeto Art. 1, num. 2: Ley General de Expropiación e impuesto de alcabala y adicional de alcabala; plazo de 60 días. La ley modifica la Ley OrgÔnica de Municipalidades. Artículo identificado
23859 10 jun 1984 Delegación Faculta promulgar, dentro del período constitucional, los códigos Penal y de Procedimientos Penales. Título oficial
23860 10 jun 1984 Delegación Código de Ejecución Penal; plazo de 180 días. Título oficial
23867 13 jun 1984 Delegación Estructura del Ministerio del Interior y de las fuerzas policiales; estatuto policial; ascensos Título oficial
23945 18 oct 1984 Delegación Sistema de asignaciones familiares Título oficial
23974 31 oct 1984 Delegación Código de Menores Título oficial
23976 31 oct 1984 Delegación Art. 2: Ley OrgÔnica del Poder Judicial que apruebe la comisión de la Ley 23428; plazo de 180 días. Artículo identificado
23978 3 nov 1984 Delegación Ley General del Deporte Título oficial
23999 28 nov 1984 Prórroga o modificación Amplía 30 días la delegación de Ley 23708. Artículo identificado
24008 30 nov 1984 Delegación Ministerio del Interior, régimen policial y bomberos; plazo 60 días. Artículo identificado
24030 14 dic 1984 Delegación en ley de otro objeto Ley de financiamiento del sector público de 1985. Art. 22: facultad de legislar durante 1985. Otra clÔusula, por 210 días, permite elevar tasas por decreto legislativo ante desequilibrios presupuestales. Materia del art. 22 por transcribir. Artículo identificado
24038 27 dic 1984 Delegación Código Agrario Título oficial
24057 6 ene 1985 Delegación Código de TrÔnsito y Circulación Vial Título oficial
24065 11 ene 1985 Delegación Procedimientos para rehacer los registros civiles Título oficial
24066 12 ene 1985 Prórroga o modificación Plazo adicional para los decretos de transporte (ley 23708) Título oficial
24068 12 ene 1985 Prórroga o modificación Prorroga por 60 días la facultad de dictar el Código de Ejecución Penal (Ley 23860). Título oficial
24072 12 ene 1985 Delegación en ley de otro objeto Art. 8: industria papelera; plazo 60 días. Artículo identificado
24077 15 ene 1985 Delegación Art. 2: promulgar la Ley de Política Nacional de Población que elabore la comisión; plazo de 180 días. Artículo identificado
24079 18 ene 1985 Delegación Telecomunicaciones y transmisión de datos Título oficial
24131 28 may 1985 Delegación Nuevo Código de Procedimientos Civiles Título oficial

GarcĆ­a (1985-1990)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
24294 15 ago 1985 Delegación en ley de otro objeto Art. 2: Ley OrgÔnica del Ministerio del Interior, leyes de las fuerzas policiales y Ley del Sistema de Inteligencia Nacional; plazo de 90 días. La ley declara en reorganización a las fuerzas policiales. Artículo identificado
24297 30 ago 1985 Delegación en ley de otro objeto Art. 2: Ley OrgÔnica del Ministerio de la Presidencia y modificaciones a la Ley del Poder Ejecutivo; plazo de 60 días. Artículo identificado
24304 12 sep 1985 Delegación en ley de otro objeto Art. 2: legislación de Petroperú y sus afiliadas; plazo de 120 días. La ley declara en reorganización a la empresa. Artículo identificado
24305 15 sep 1985 Delegación Ley OrgÔnica del Sector Salud y de sus organismos descentralizados Título oficial
24372 29 nov 1985 Prórroga o modificación Plazo adicional de 90 días para concluir el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. La delegación que prorroga no estÔ identificada. Título oficial
24394 11 dic 1985 Delegación en ley de otro objeto Art. 2: operaciones de endeudamiento externo de 1986. Art. 9: renegociación de la deuda externa; hasta el 31 de diciembre de 1986. Artículo identificado
24395 11 dic 1985 Delegación en ley de otro objeto Art. 12: redistribución de la carga tributaria y simplificación del sistema de impuestos; plazo de 30 días, previo informe de una comisión bicameral. Ley de equilibrio financiero de 1986. Artículo identificado
24416 20 dic 1985 Prórroga o modificación Prórroga de la Ley 24294 Título oficial
24422 30 dic 1985 Delegación en ley de otro objeto Ley de Presupuesto de 1986. Art. 262: ampliar por decreto legislativo el presupuesto de los proyectos conjuntos Perú-AID. Otra clÔusula semejante, de número ilegible en la copia. Artículo identificado
24501 25 abr 1986 Delegación Estructura de las direcciones generales de Contribuciones y de Aduanas Título oficial
24514 5 jun 1986 Delegación en ley de otro objeto Ley de estabilidad en el trabajo. Disposición segunda: descentralización de la estructura orgÔnica del fuero de trabajo; plazo de 60 días. Artículo identificado
24536 24 jun 1986 Delegación Creación del Instituto de Comercio Exterior Título oficial
24562 24 oct 1986 Prórroga o modificación Ley de crédito suplementario de 1986. Art. 13: amplía en 180 días el plazo del art. 1 de la Ley 24501. Artículo identificado
24565 1 nov 1986 Delegación en ley de otro objeto Sistema eléctrico de transporte masivo de Lima y Callao; plazo de 180 días. La ley da fuerza de ley al D. S. 001-86-MIPRE; número de artículo ilegible en la copia. Artículo identificado
24582 11 dic 1986 Delegación en ley de otro objeto Ley de equilibrio financiero de 1987. ClÔusula tributaria, previo informe de una comisión parlamentaria: impuestos a la renta, al patrimonio empresarial y al consumo (número de artículo ilegible en la copia). Art. 18: condiciones de las operaciones de endeudamiento, hasta el 31 de diciembre de 1987. Artículo identificado
24583 11 dic 1986 Delegación en ley de otro objeto Art. 12: condiciones de las operaciones de endeudamiento del art. 11; hasta el 31 de diciembre de 1987. Artículo identificado
24600 23 dic 1986 Delegación Código de TrÔnsito y Circulación Vial; Ley de Quiebras Título oficial
24630 31 dic 1986 Delegación Ley OrgÔnica del Sector Agrario Título oficial
24642 8 ene 1987 Delegación Ley CartogrÔfica Nacional Título oficial
24650 20 mar 1987 Delegación en ley de otro objeto Ley de Bases de la Regionalización. Disposición decimotercera: adecuar el régimen de la actividad empresarial del Estado a los gobiernos regionales; plazo de 180 días. Disposición decimoquinta: régimen de incentivos a las remuneraciones del sector público para la descentralización; plazo de 180 días. Artículo identificado
24654 1 abr 1987 Delegación en ley de otro objeto Art. 5: Ley OrgÔnica del Ministerio de Defensa y adecuación de los D. Leg. 130, 131, 133 y 217; plazo de 180 días. Artículo identificado
24723 11 oct 1987 Delegación en ley de otro objeto Art. 17: delegación relativa al sistema bancario, financiero y de seguros. Artículo identificado
24741 27 nov 1987 Delegación en ley de otro objeto Art. 8: aprobación de las operaciones de endeudamiento externo de 1988. Artículo identificado
24750 4 dic 1987 Delegación en ley de otro objeto Ley de equilibrio financiero de 1988. Art. 29: facultad por 120 días útiles, previo informe de una comisión parlamentaria. Según el inventario, IGV e ISC. Artículo identificado
24790 5 ene 1988 Delegación en ley de otro objeto Ley General de Pesquería. Disposición transitoria: la ley orgÔnica del sector se promulga por decreto legislativo, sobre proyecto que debe presentarse en 180 días. No delega el Código Sanitario, como dice el inventario. Artículo identificado
24792 11 feb 1988 Delegación en ley de otro objeto Reforma la Ley 24650 sin tocar su disposición decimoquinta. Art. 23: añade la disposición décimo octava J, que encarga crear por decreto legislativo el Sistema de Banca Regional de Fomento; plazo de 90 días. Habilitación nueva, leída el 15 de octubre de 2026. Artículo identificado
24877 28 jul 1988 Delegación en ley de otro objeto Art. 6: facultades para parques industriales de Lima; distinto del reconocimiento de fuerza de ley a un decreto supremo. Artículo identificado
24911 26 oct 1988 Prórroga o modificación Amplía a todo el resto del período constitucional el plazo de la Ley 23859 para los códigos Penal y de Procedimientos Penales. Título oficial
24913 26 oct 1988 Delegación Tributaria Título oficial
24932 10 nov 1988 Prórroga o modificación Sustituye el tercer pÔrrafo del art. 1 de la Ley 24913: mueve el vencimiento al 30 de noviembre de 1988 y limita la facultad a los incisos a) y b). Restringe el alcance; no añade materias. Título oficial
24948 4 dic 1988 Delegación en ley de otro objeto Art. 49: Sistema Nacional de Presupuesto de la Actividad Empresarial del Estado; plazo de 90 días. Artículo identificado
24955 17 dic 1988 Delegación en ley de otro objeto Art. 2: restauración y reconstrucción de Cusco y poblaciones vecinas. Artículo identificado
24960 17 dic 1988 Delegación Faculta promulgar el nuevo Código Sanitario. Título oficial
24970 23 dic 1988 Delegación en ley de otro objeto Ley de endeudamiento externo de 1989. Art. 4: aprobar por decreto legislativo las operaciones de endeudamiento. Artículo identificado
24971 23 dic 1988 Delegación en ley de otro objeto Ley de equilibrio financiero de 1989. Art. 38: facultad hasta el 31 de marzo de 1989, previo informe de una comisión bicameral. Según el inventario, impuestos patrimoniales y UIT. Artículo identificado
24977 31 dic 1988 Procedimiento especial Ley presupuestaria; art. 6: delegación administrativa; art. 60: procedimiento especial de créditos suplementarios. D. Leg. 573 cita discordantemente el art. 6. Excluir del recuento ordinario
25015 28 mar 1989 Prórroga o modificación Amplía en 30 días facultades de Ley 24948. Artículo identificado
25034 10 jun 1989 Delegación Impuesto al patrimonio neto personal Título oficial
25035 11 jun 1989 Delegación en ley de otro objeto Primera disposición complementaria y final: organización del INAP; 90 días. Artículo identificado
25078 22 jul 1989 Delegación Tributaria Título oficial
25104 5 oct 1989 Delegación Faculta dictar la Ley OrgÔnica del Poder Judicial. Título oficial
25159 28 dic 1989 Delegación en ley de otro objeto Ley de endeudamiento externo de 1990. Art. 4: aprobar por decreto legislativo las operaciones de endeudamiento. Artículo identificado
25160 28 dic 1989 Delegación en ley de otro objeto Ley de equilibrio financiero de 1990. Art. 21: normas de ajuste integral por inflación de los estados financieros con efecto tributario; plazo de 90 días calendario. Artículo identificado
25186 10 ene 1990 Delegación Trabajo médico; invocada por D. Leg. 559. Título oficial
25187 18 ene 1990 Delegación Organización y funciones del Ejecutivo; invocada por D. Leg. 564. Título oficial
25221 2 jun 1990 Prórroga o modificación Amplía a todo el período constitucional el plazo de la Ley 25104 para la Ley OrgÔnica del Poder Judicial. Título oficial
25238 9 jun 1990 Delegación Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales Título oficial
25251 19 jun 1990 Delegación Ley General del Artista Título oficial

A. Fujimori (1990-2000)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
25279 19 oct 1990 Delegación Tributaria y exoneraciones del gobierno central Título oficial
25280 30 oct 1990 Delegación Código Penal; plazo de 90 días según la exposición de motivos del código. Título oficial
25281 30 oct 1990 Delegación Código Procesal Penal Título oficial
25282 28 nov 1990 Delegación Código Procesal Civil Título oficial
25289 18 dic 1990 Delegación en ley de otro objeto Ley de equilibrio financiero de 1991. Disposición novena: facultades hasta el 30 de setiembre de 1991. Según el inventario, perfeccionamiento del sistema tributario. Artículo identificado
25292 25 dic 1990 Delegación en ley de otro objeto Art. 3: Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros; plazo de 120 días. La ley deroga la Ley 24723. Artículo identificado
25294 1 ene 1991 Delegación en ley de otro objeto Art. 4: administración pública transitoria en el departamento de San Martín; plazo de 15 días. Artículo identificado
25296 3 ene 1991 Delegación Nuevo Código de Menores Título oficial
25297 3 ene 1991 Delegación Nuevo Código de Ejecución Penal Título oficial
25305 10 feb 1991 Prórroga o modificación Término adicional de 60 días para dictar el Código Penal (Ley 25280). Título oficial
25324 11 jun 1991 Prórroga o modificación Prorroga en 100 días el término del art. 3 de la Ley 25285, que modificó el D. Leg. 612 (Ley OrgÔnica del Poder Judicial). Título oficial
25327 17 jun 1991 Delegación Pacificación nacional, fomento del empleo y crecimiento de la inversión privada Título oficial
25381 28 dic 1991 Delegación en ley de otro objeto Art. 23: autorización para nuevo Código Tributario hasta 31 de marzo de 1992. Artículo identificado
26202 24 jun 1993 Delegación Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros Título oficial
26249 24 nov 1993 Delegación Sistema tributario del gobierno central y de los gobiernos locales Título oficial
26268 30 dic 1993 Delegación en ley de otro objeto Ley de Presupuesto de 1994. Disposición segunda: aprobar por decreto legislativo la declaración en reorganización de las entidades del Ejecutivo. Artículo identificado
26404 14 dic 1994 Delegación en ley de otro objeto Ley de Presupuesto de 1995. Disposición sexta: medidas administrativas, de organización y de presupuesto por decreto legislativo. Artículo identificado
26553 12 dic 1995 Delegación en ley de otro objeto Ley de Presupuesto de 1996. Disposición octava: reorganización, sistemas administrativos y asignación de funciones; plazo de 360 días. Artículo identificado
26557 26 dic 1995 Delegación Tributaria; protección al consumidor y propiedad intelectual; pensiones; formalización de la propiedad; empresas agrarias Título oficial
26595 20 abr 1996 Delegación Código de Comercio Título oficial
26648 26 jun 1996 Delegación Poblaciones desplazadas; promoción del empleo; reestructuración empresarial; eje Matarani-Ilo-Tacna Título oficial
26665 26 sep 1996 Prórroga o modificación Prórroga de la Ley 26648 Título oficial
26666 26 sep 1996 Delegación Zona de desarrollo Paita-Piura-Sullana-Tumbes Título oficial
26679 27 oct 1996 Prórroga o modificación Prórroga de la Ley 26648 Título oficial
26950 19 may 1998 Delegación Seguridad nacional Título oficial
27103 9 may 1999 Delegación en ley de otro objeto Ley que crea el impuesto de solidaridad en favor de la niñez desamparada. ClÔusula previa al art. 7: régimen de exoneraciones del impuesto por decreto legislativo; plazo de 90 días. Artículo identificado
27164 10 ago 1999 Delegación Servicios de saneamiento Título oficial
27221 13 dic 1999 Prórroga o modificación Prórroga de la Ley 27164 Título oficial
27279 2 jun 2000 Prórroga o modificación Prórroga de la Ley 27221 Título oficial

Paniagua (2000-2001)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
27426 17 feb 2001 Delegación Inspecciones de trabajo y defensa del trabajador Título oficial
27434 10 mar 2001 Delegación Tributaria Título oficial

Toledo (2001-2006)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
27913 9 ene 2003 Delegación Terrorismo Título oficial
28079 27 sep 2003 Delegación Tributaria Título oficial
28269 4 jul 2004 Delegación Código Procesal Penal Título oficial
28636 6 dic 2005 Delegación Código de Justicia Militar Policial Título oficial

GarcĆ­a (2006-2011)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
28932 16 dic 2006 Delegación Tributaria Título oficial
29009 28 abr 2007 Delegación TrÔfico ilícito de drogas, lavado de activos, terrorismo, secuestro, extorsión y crimen organizado Título oficial
29157 20 dic 2007 Delegación Acuerdo comercial con Estados Unidos y competitividad; 180 días calendario. Artículo identificado
29548 3 jul 2010 Delegación Justicia militar policial; uso de la fuerza; normas procesales y penitenciarias para militares y policías Título oficial

Humala (2011-2016)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
29792 20 oct 2011 Delegación en ley de otro objeto Segunda disposición complementaria final: ley de organización y funciones del Ministerio de la Mujer (dentro de la ley que crea el MIDIS). Plazo de 90 días por cotejar. Artículo identificado
29815 22 dic 2011 Delegación Minería ilegal Título oficial
29884 9 jun 2012 Delegación Tributaria, aduanera y delitos tributarios y aduaneros Título oficial
29915 12 sep 2012 Delegación Reforma de los sectores Interior y Defensa Título oficial
30073 9 ago 2013 Delegación Sistema Nacional de Salud Título oficial
30335 1 jul 2015 Delegación Administrativa, económica y financiera Título oficial
30336 1 jul 2015 Delegación Seguridad ciudadana, delincuencia y crimen organizado Título oficial

Kuczynski (2016-2018)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
30506 9 oct 2016 Delegación Reactivación económica y formalización; seguridad; corrupción; agua y saneamiento; reorganización de Petroperú Título oficial

Vizcarra (2018-2020)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
30776 24 may 2018 Delegación Reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios Título oficial
30823 19 jul 2018 Delegación Gestión económica y competitividad; integridad y corrupción; violencia y vulnerabilidad; modernización del Estado Título oficial
31011 27 mar 2020 Delegación Emergencia sanitaria por el COVID-19; art. 1; plazo de 45 días. Título oficial
31020 28 may 2020 Delegación Penal, procesal penal y penitenciaria (deshacinamiento por el COVID-19) Título oficial

Merino (2020)

Sin ley autoritativa en el Archivo Digital (bĆŗsqueda por tĆ­tulo).

Sagasti (2020-2021)

Sin ley autoritativa en el Archivo Digital (bĆŗsqueda por tĆ­tulo).

Castillo (2021-2022)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
31380 27 dic 2021 Delegación Tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica Título oficial

Boluarte (2022-2025)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
31696 28 feb 2023 Delegación Reactivación económica y modernización de la gestión del Estado; plazo de 90 días. Título oficial
31880 23 sep 2023 Delegación Seguridad ciudadana; gestión del riesgo de desastres (El Niño global); infraestructura social; calidad de proyectos; meritocracia Título oficial
32089 4 jul 2024 Delegación Reactivación económica; simplificación y calidad regulatoria; actividad empresarial del Estado; seguridad ciudadana y defensa nacional; art. 2; plazo de 90 días. Título oficial

JerĆ­ (2025-2026)

Ley Publicación Tipo Materia / observación Evidencia
32527 15 dic 2025 Delegación Seguridad ciudadana y criminalidad organizada; crecimiento económico; fortalecimiento institucional Título oficial

BalcƔzar (2026)

Sin ley autoritativa en el Archivo Digital (bĆŗsqueda por tĆ­tulo).

Versión al 16 de octubre de 2026.

Notas

  1. Este texto compila publicaciones parciales hechas por el autor en La República y en el portal de Epicentro, articuladas al determinar una revisión de las prÔcticas legislativas en esta materia que se presentan como tabla final. El autor utiliza herramientas de inteligencia artificial exclusivamente en funciones de apoyo vinculadas a la edición y al control de fuentes citadas. El texto es de elaboración manual. Volver al texto
  2. Vamos a asumir para este papel como ā€œmateriaā€ al Ć”rea especĆ­fica en que debe moverse cada autorización solicitada. Es a ellas, a las materias, a las que se refiere la Constitución cuando dispone que la solicitud sea precisa (artĆ­culo 104). Llamaremos ā€œtemaā€ al Ć”rea general en que se mueven o agrupan las materias, a saber ā€œinfraestructuraā€; ā€œpequeƱas y medianas empresasā€, ā€œtributaciónā€, etc. Volver al texto
  3. Ver al respecto las notas de Infobae de 22 de enero de 2025 y 13 de marzo de 2026, reseñando intervenciones por desabastecimiento en 23 de 27 hospitales y centros de EsSalud en 14 regiones a las que se agregó luego una intervención adicional en el Hospital Sabogal. La República, el 4 de agosto de 2026 reseñó una visita de Contraloría a la Digerd del MINSA y un informe que mostraba un 30% de activos inoperativos, entre ellos el 97 % del instrumental y el 75 % de los equipos electromecÔnicos. Entre los años 2021 y marzo de 2026 el sector ha tenido ocho ministros según una nota de Infobae del 13 de marzo de 2026. Volver al texto
  4. Solo contando el mes de setiembre de 2026, los dos principales diarios del paĆ­s, El Comercio y La RepĆŗblica, dedicaron siete columnas editoriales a las facultades delegadas, una al presupuesto y una a la caducidad del Reinfo. Volver al texto
  5. El 3 de setiembre de 2026, en Rioja, la presidenta sostuvo que ā€œsin facultadesā€ su gobierno no puede combatir el crimen (Andina, 3 de setiembre de 2026 y La RepĆŗblica, 9 de octubre de 2026). En Chincha, el 29 de setiembre de 2026 dijo, refiriĆ©ndose a El NiƱo que lo que presentó como un retardo del Congreso en la espera de las facultades solicitadas ā€œpone a prueba la pacienciaā€ del gobierno (El Peruano, 29 de setiembre de 2026). Sin embargo el presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta, reconoció ante el Senado el 9 de octubre de 2026 que ā€œNadie ha dicho que no se puede hacer cosas sin las facultadesā€ (La RepĆŗblica, 9 de octubre de 2026; El Peruano, 10 de octubre de 2026). Volver al texto
  6. La reconstrucción del Cusco en 1988, la de El Niño costero en el 2018, El Niño global en el 2023 y el COVID-19 en el 2020, por la pandemia misma y también por la situación de los penales. Volver al texto
  7. ā€œObstruccionismo sin precedentesā€; El Comercio, 3 de octubre de 2026, Volver al texto

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