Cuarenta y seis años de historia en el Perú
CƩsar Azabache Caracciolo[1]
1.
Tenemos entre manos un proceso de delegación de facultades que se entrampa a sà mismo de manera insistente, sorprendente y desproporcionada. Podemos asociar ese entrampamiento a una serie de errores cometidos en el diseño de la solicitud presentada por el gobierno en agosto o podemos relacionarlo con cierta tendencia a reproducir, consciente o inconscientemente, los niveles de tensión institucional que estamos arrastrando y reinstalando desde el 2016.
Probablemente la interpretación correcta de las cosas requiera combinar ambas causas.
El lenguaje usado por el gobierno al defender la solicitud de agosto de 2026 sugiere que de ella depende la viabilidad de sus planes. La solicitud parece representar en el imaginario del Ejecutivo una suerte de ritual de instalación: una condición indispensable para echar a andar la maquinaria de un gobierno que parece creer que en la solicitud se pone en juego toda su capacidad de innovación legislativa.
Ocurre sin embargo que las solicitudes de este tipo jamÔs han representado algo semejante. La delegación de facultades es una vÔlvula de ajuste institucional que en 46 años, salvo excepciones, ha sido usada por tramos, progresivamente, para pocas materias especialmente acotadas cada vez[2]; en secuencias destinadas a cubrir cada periodo de gobierno en toda su extensión.
El ciclo en el que estamos aĆŗn no ha terminado. Cierro estas lĆneas con la propuesta que Diputados ha enviado al Senado entrampada en la Comisión de Constitución del Senado. Anticipo la publicación de estas primeras lĆneas para tratar de ordenar las claves que nos pueden ayudar a entender el proceso, sus innecesarias complejidades y sus posibles desenlaces.
Publico estas notas haciƩndome cargo de estar publicando un texto provisional, uno que tendrƔ que ser revisado cuando el proceso haya terminado.
2.
Las delegaciones de facultades legislativas fueron establecidas como facultad del Congreso, no del gobierno, por la Constitución de 1979. La Constitución de 1933 no contenĆa este tipo de procedimientos. En EspaƱa habĆan sido restablecidos por la Constitución de 1978; estaban en la de 1931 y habĆan sido admitidos por la prĆ”ctica parlamentaria del reino al menos desde 1834. AparecĆan tambiĆ©n reconocidos en la Constitución republicana de Italia de 1948.
No se trata entonces de una improvisación.
Para escribir esta entrega hemos tabulado 125 delegaciones de facultades legislativas aprobadas por el Congreso desde 1980. Lo primero que muestra la lista, aunque parezca evidente, es que no existe correspondencia mecĆ”nica entre la cantidad de veces que el Congreso ha delegado facultades y la cantidad de gobiernos que hemos tenido desde 1980. Son diez gobiernos elegidos: siete presidentes electos; Fujimori elegido tres veces consecutivas y GarcĆa dos veces no consecutivas. AdemĆ”s siete presidentes han sido designados por sucesión desde 1980. Entre estos Ćŗltimos, solo dos, MartĆn Vizcarra y Dina Boluarte, con periodos de gobierno superiores a dos aƱos.
El listado muestra que no existe solo un procedimiento de delegación de facultades. De las 125 leyes que hemos tabulado, 43 contienen delegaciones que fueron insertadas en leyes sobre otras materias, como las leyes de presupuesto (8 casos), las de equilibrio financiero (6), las de endeudamiento externo (5) y las de financiamiento del presupuesto (2), ademÔs de leyes orgÔnicas, de reorganización de entidades y otras leyes especiales (22). Dieciséis leyes han alterado delegaciones ya concedidas. Recaen sobre trece delegaciones, tres de ellas intervenidas mÔs de una vez. Quince solo ampliaron o concedieron un plazo; una sola, la ley 24932 de noviembre de 1988, restringió el plazo y el alcance de la delegación original.
Las primeras decisiones de delegación no son, entonces, necesariamente definitivas o irreversibles.
Las delegaciones de facultades legislativas han formado procesos que se han extendido a lo largo de cada uno de los gobiernos registrados en todo el periodo, hayan sido gobiernos elegidos o gobiernos establecidos por sucesión presidencial. Las delegaciones parecen haber sido reconocidas a lo largo de esta historia como un recurso escaso que no debe ser expuesto a ejercicios depredatorios. Entre ellas, tienen un sentido particular las solicitadas por un gobierno que viene de ganar elecciones y las solicita mientras estĆ” definiendo los tĆ©rminos de referencia de sus relaciones con el Congreso. Los gobiernos por sucesión pueden haberse originado, es lo que ha ocurrido desde 1980, en una intervención del propio Congreso, sea por la destitución del presidente anterior (Fujimori en el 2000, Vizcarra en el 2020, Castillo en el 2022 y Boluarte en el 2025; JerĆ, en el 2026, bajo el procedimiento de censura) o tomado algĆŗn papel en la renuncia del presidente anterior (Kuczynski en el 2018 y Merino en el 2020). Usar los procedimientos de delegación de facultades tiene un sentido distinto en estos casos.
Del total tabulado, 25 delegaciones se otorgaron en diciembre o antes de diciembre del primer aƱo del gobierno elegido que las solicitó. Estas 25 delegaciones no son claramente la mayorĆa de las contabilizadas, son apenas el 20% de los casos; una clara minorĆa. Pero tampoco corresponden mecĆ”nicamente a cada periodo constitucional de un gobierno elegido. El promedio es dos y media por rĆ©gimen, no una. Fernando BelaĆŗnde, en 1980, obtuvo cinco; Alan GarcĆa, en 1985, siete, y Alberto Fujimori, en 1990, seis. Solo Alberto Fujimori, en su tercer gobierno, y Alejandro Toledo, en el 2001, no registraron ninguna delegación de facultades legislativas de estas, que llamaremos ātempranasā. El tercer gobierno de Alberto Fujimori duró solo cuatro meses, y esos cuatro meses estuvieron sobrecargados por la crisis de corrupción que lo llevó a la fuga y a la vacancia. Alejandro Toledo fue elegido despuĆ©s de una transición que habĆa empezado ya a desmontar la legislación heredada de los aƱos 90, de modo que probablemente su gabinete estimó innecesario usar el procedimiento de delegación en el primer tramo de su gobierno.
De estas 25 delegaciones tempranas, solo cuatro se refirieron a mĆ”s de dos temas. Llamaremos āómnibusā a las que tienen mĆ”s de dos temas, considerando que son las mĆ”s abarcativas o extendidas en contenidos. Son ademĆ”s las delegaciones que conducen a la aprobación de paquetes legislativos particularmente extensos.
La primera delegación ómnibus de facultades delegadas fue obtenida por el segundo gobierno de Fernando BelaĆŗnde en diciembre de 1980. Tuvo por objeto desvincular al sistema legal en todo lo posible de la herencia de decretos leyes dejada por el gobierno militar de los aƱos setenta. En ese marco se promulgaron 209 decretos legislativos que fueron publicados entre enero y junio de 1981. La necesidad y la extensión de ese paquete de entonces parecen claras, pero el primer movimiento del segundo gobierno de Acción Popular no fue anticiparla o imponerla como condición para desplegar su gestión, sino lanzarla despuĆ©s de haber hecho funcionar el mecanismo de delegaciones con tres solicitudes previas muy acotadas primero. Esas tres primeras delegaciones tuvieron por objeto crear el Sistema Nacional de Cooperación Popular (octubre), reestructurar el Ministerio de Agricultura (tambiĆ©n en octubre) y derogar o modificar los decretos leyes con que el rĆ©gimen militar habĆa expropiado los diarios, las radios y las televisoras (noviembre).
La primera delegación ómnibus fue concedida por el Congreso en diciembre, solo después de estas tres primeras delegaciones, y a ella, por cierto, aún siguió una adicional concedida también en diciembre de 1980 en el marco de la ley sobre el presupuesto de la república para el ejercicio 1981.
La segunda delegación ómnibus la obtuvo Alberto Fujimori en junio de 1991. No es una de las 25 delegaciones tempranas. Condujo a los 117 decretos legislativos publicados entre junio y noviembre de ese año. Pero solicitar esta delegación tampoco fue el primer movimiento de su gobierno. Ese espacio lo ocupó el shock antiinflacionario de agosto de 1990, que no vino precedido de ninguna delegación de facultades establecida como condición previa a su lanzamiento. Las primeras delegaciones, las de 1990, las tempranas, estuvieron dirigidas a tributos y exoneraciones (octubre), reformas a los códigos Penal, Procesal Penal y Procesal Civil (dos en octubre y una en noviembre) y, nuevamente, equilibrio financiero, tributos y banca (dos en diciembre). El paquete ómnibus de Alberto Fujimori estuvo dividido en tres temas: pacificación nacional, fomento del empleo y crecimiento de la inversión privada. El Congreso derogó o modificó 28 de estos 117 decretos legislativos, 14 del bloque de seguridad interior, en un proceso que se extendió hasta febrero de 1992 y desató la crisis institucional que desembocó en el golpe de abril de ese año.
El segundo gobierno de Alberto Fujimori, instalado en 1995, con mayorĆa propia en el Congreso, obtuvo ocho delegaciones de facultades en cinco aƱos; dos de ellas en diciembre de 1995. Una estuvo contenida en la ley de presupuesto de 1996 para reorganizar entidades y sistemas administrativos del Estado y la otra trató sobre tributación, protección al consumidor, propiedad intelectual, pensiones, formalización de la propiedad y empresas agrarias. Materialmente esta delegación fue temprana y tiene la forma de un ómnibus. Produjo 31 decretos legislativos publicados entre el 31 de diciembre de 1995 y el 24 de abril de 1996 (contando las dos delegaciones de diciembre como un solo paquete, que es como las usó el gobierno), pero institucionalmente se apoya en una mayorĆa parlamentaria que de una forma u otra fue establecida durante su primer gobierno, especialmente a partir de las elecciones convocadas para confirmar el Congreso Constituyente de 1993. Esta fue una de las delegaciones tempranas que abarcaron mĆ”s de dos temas. Y fue ademĆ”s una delegación obtenida por un gobierno elegido. Tiene tambiĆ©n apoyo en una historia anterior de delegaciones. Pero no forma parte de un proceso en el que se estĆ©n conformando materialmente los tĆ©rminos de referencia del gobierno con el parlamento.
La delegación mĆ”s extensa del segundo gobierno de Alan GarcĆa, su propio ómnibus, fue concedida en diciembre de 2007. Tampoco estĆ” en la lista de las delegaciones tempranas. Antes de ella GarcĆa habĆa obtenido facultades para legislar en materia tributaria en diciembre de 2006 y en asuntos penales en abril de 2007. En el desarrollo de la delegación ómnibus de diciembre de 2007 el gobierno de GarcĆa promulgó entre marzo y junio de 2008 99 decretos legislativos. El paquete se refiere a las condiciones establecidas en las negociaciones del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, que entró en vigencia en febrero de 2009. Incluyó cinco instrumentos sobre tierras comunales, dos de los cuales, los decretos legislativos 1015 y 1073, tuvieron que ser derogados en setiembre de 2008 por las resistencias sociales que originaron.
El paquete de delegaciones ómnibus de Pedro Pablo Kuczynski, autorizado en octubre de 2016, estĆ”, este sĆ, en el periodo de delegaciones tempranas. Es ademĆ”s el Ćŗnico del ciclo que no fue precedido por un listado de delegaciones previas mĆ”s acotadas. El escenario en que se concedió estuvo marcado por una tensión visible entre la mayorĆa del Congreso, en ese caso fujimorista, y el gobierno. En su desarrollo se promulgaron 112 decretos legislativos que fueron publicados entre octubre de 2016 y enero de 2017. De ellos, 14 fueron derogados parcialmente en mayo de 2017, en un ciclo que venĆa de definirse por el significado de la censura a Jaime Saavedra y el alcance de las revelaciones de Odebrecht; ambos eventos registrados en diciembre de 2016; las secuelas del caso Chinchero, que provocaron la renuncia del ministro MartĆn Vizcarra, la pĆ©rdida de confianza al ministro Thorne y, en parte, la destitución del Contralor Alarcón. El inicio de las investigaciones sobre la influencia de Odebrecht en las campaƱas polĆticas del 2011, data tambiĆ©n de ese periodo. El ciclo quedó convertido en antecedente de la cuestión de confianza presentada por el ministro Zavala en setiembre de 2017, denegada ese mismo dĆa, y en las mociones de vacancia presidencial de diciembre de 2017 y marzo de 2018, la segunda de las cuales condujo a la renuncia de Kuczynski.
No todas las delegaciones ómnibus han conducido a situaciones institucionalmente equilibradas. La del segundo gobierno de Fernando BelaĆŗnde, mĆ”s allĆ” de cuestiones tĆ©cnicas, no se observa asociada a una crisis institucional, pero la de Alberto Fujimori en 1991 constituye la antesala de un golpe de Estado, la de GarcĆa en el 2008, en parte, condujo a la crisis de Bagua y la de Kuczynski en el 2016 acabó insertada en la crisis instalada ese aƱo, que dio origen al proceso de desmontaje institucional del que aĆŗn no salimos.
El paquete de Vizcarra, 89 decretos legislativos, fue autorizado en julio de 2018, cuatro meses despuĆ©s del inicio de su periodo de gobierno, por una ley que cubrĆa gestión económica y competitividad, integridad y lucha contra la corrupción, violencia y vulnerabilidad y modernización del Estado. Antes de eso, en mayo, Vizcarra habĆa recibido facultades para legislar sobre reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios. Su delegación mĆ”s extensa, cuatro temas en los primeros meses de su gobierno, forma materialmente otro ómnibus, pero no ha sido incluida en los recuentos de estas notas sobre delegaciones tempranas y ómnibus por una cuestión formal que ya hemos explicado: Vizcarra fue un presidente por sucesión, heredó el marco polĆtico de su predecesor, incluida la primera cuestión de confianza del periodo, que lo colocó en la antesala del cierre del Congreso de setiembre de 2019. En su caso, el uso de una delegación ómnibus estĆ” inscrito en un plano distinto de tensión, que incluye lanzar un referĆ©ndum nueve dĆas despuĆ©s de obtener la delegación, proponer que se adelanten las elecciones generales y terminar cerrando el Congreso. En marzo y mayo de 2020, ya con el nuevo Congreso corto que se instaló despuĆ©s del cierre de setiembre de 2019, Vizcarra obtuvo nuevas facultades para legislar en asuntos vinculados a la emergencia sanitaria por el COVID-19 y el rĆ©gimen penal y penitenciario. Cuatro delegaciones en dos aƱos y ocho meses para legislar en siete temas, todas desarrolladas en medio de relaciones tensas con uno y otro Congreso.
No entran en este listado de constataciones los ciclos de delegaciones propiamente funcionales. En su primer gobierno, instalado en 1985, GarcĆa PĆ©rez con mayorĆa en las dos cĆ”maras del Congreso, usó este dispositivo 40 veces en cinco aƱos, siete entre julio y diciembre de 1985, ninguna en el formato de un ómnibus. En febrero y marzo de 2001, la transición de Paniagua obtuvo dos delegaciones para legislar sobre inspecciones de trabajo y tributos. El gobierno de Alejandro Toledo, instalado despuĆ©s de la transición, sin tener una mayorĆa propia en el Congreso, obtuvo cuatro delegaciones en cinco aƱos, la primera reciĆ©n en enero de 2003, a aƱo y medio de su instalación. Los temas: terrorismo, tributos, Código Procesal Penal y Código de Justicia Militar y Policial. Humala prefirió desarrollar un esquema de negociación permanente con el Congreso: siete delegaciones temĆ”ticas en cinco aƱos de gobierno con 144 decretos legislativos publicados sin que se desatara ninguna crisis polĆtica de envergadura entre ambos poderes.
Castillo, probablemente el presidente que peores relaciones ha tenido con el Parlamento desde 1980, redujo al mĆnimo el uso de este dispositivo: una sola delegación aprobada en diciembre de 2021 con un recorte de materias y plazo respecto al pedido original. Dina Boluarte y JosĆ© JerĆ, gobernantes por sucesión, no entran en el recuento de delegaciones tempranas por la misma razón por la que no entra Vizcarra: no marcan esa relación particular que se genera despuĆ©s de las elecciones. Pero en tĆ©rminos de recuento, registraron cuatro delegaciones entre febrero de 2023 y diciembre de 2025, tres de Boluarte y una de JerĆ; una gradualidad que representa un ciclo de administración funcional de facultades manejadas desde una mayorĆa del Congreso que actuaba en sincronĆa completa con gobiernos transitorios establecidos por ella misma.
3.
La solicitud de facultades que estĆ” ahora tramitĆ”ndose en el Senado se presentó al Congreso a finales de agosto de este aƱo. Las dimensiones del pedido original lo asemejan a las grandes delegaciones, las ómnibus, que en nuestro caso, como estĆ” dicho, son cuatro, la de BelaĆŗnde en 1980, la de Fujimori en 1991, la de GarcĆa en el 2008 y la de Kuczynski en el 2016. Importante notar que de estas cuatro, la Ćŗnica delegación ómnibus obtenida sin haber hecho antes un ejercicio previo basado en otras pequeƱas delegaciones de facultades acotadas fue la de Kuczynski en el 2016. Esa fue, lo hemos visto tambiĆ©n, una delegación inscrita en un proceso de relaciones hostiles entre la mayorĆa del Congreso y el gobierno que se habĆan establecido como tales apenas terminaron las elecciones. La instalación de esa mayorĆa como mayorĆa del Congreso de entonces es uno de los puntos que marca el inicio de ese proceso de desmontaje institucional del que no acertamos a salir.
De alguna manera reproducir el formato de Kuczynski sugiere un esfuerzo, consciente o inconsciente, por formar un bucle que reproduzca ahora de una manera u otra ese ciclo.
La solicitud de agosto de 2026 contiene 66 materias reunidas en ocho temas: (i) seguridad ciudadana; (ii) micro y pequeƱas empresas; (iii) trabajo; (iv) simplificación administrativa; (v) desarrollo productivo; (vi) tributos; (vii) āreforma estructuralā (en realidad una miscelĆ”nea que mezcla reformas al servicio civil, al sistema de inteligencia, a SEDAPAL y al INDECI); y (viii) vivienda.
El pedido de facultades delegadas fue presentado el 28 de agosto, ocho dĆas antes que se publicara el documento que resume la PolĆtica General de Gobierno (5 de setiembre; decreto supremo 127-2026-PCM). La descoordinación en el tiempo va acompaƱada por un error que podrĆa ser simplemente editorial: la PolĆtica General presenta cinco ejes y la solicitud de facultades ocho. Salimos sin embargo del plano de las descoordinaciones y de los simples errores editoriales cuando notamos que la salud, que ocupa un lugar claro en la PolĆtica General, no aparece entre los ejes de la solicitud de facultades delegadas.
Extraño por decir lo menos que el gobierno sienta que no le hace falta ningún soporte legal que justifique un pedido de facultades para estabilizar un sector como la salud, que ademÔs de ser prioritario ha sido fuertemente dañado por la cadena de improvisaciones que caracterizan las decisiones públicas desde que se instaló el ciclo de desmontaje institucional[3].
Las discusiones que se abrieron sobre el sentido de la solicitud, su extensión y la pertinencia de las materias que contenĆa desplazaron a un segundo plano dos debates muy importantes: el de la forma del presupuesto del ejercicio 2027 y el del REINFO, el eterno registro provisional de mineros informales[4]. TambiĆ©n han afectado los tĆ©rminos de la discusión sobre la falta de iniciativa que ha mostrado el gobierno cumplidos los ochenta primeros dĆas de su gestión en las dos materias urgentes: seguridad interior y El NiƱo. En ambos asuntos los voceros del gobierno han intentado culpar a la falta de delegaciones por la falta de reacción sobre urgencias, sin notar que no todas las urgencias requieren cambios legales ni facultades delegadas[5].
De hecho las urgencias, por sĆ mismas, no han sido un concepto presente en las discusiones históricas sobre facultades legislativas delegadas. La lista de delegaciones que presentamos con esta nota lo demuestra. Tanto en los pedidos cortos como en los ómnibus las facultades han sido solicitadas sobre materias en las que los gobiernos han defendido la necesidad de conectar leyes con definiciones polĆticas. MĆ”s que urgencia, el concepto de referencia ha sido consistencia.
Históricamente las urgencias han sido enfrentadas con medidas directas de gestión, exoneraciones de procedimientos administrativos, estados de emergencia, decretos de urgencia, donde hayan correspondido y hayan sido necesarios, o leyes de trÔmite urgente. La tabla que presentamos con esta comunicación muestra que solo cinco de 125 delegaciones registradas corresponden a situaciones de urgencia; todas ellas después del inicio o la ocurrencia de la catÔstrofe que las provocó. No para prevenirla o gestionarla, que son asuntos de gobierno, sino para ajustar el marco legal durante el proceso de contención de sus consecuencias[6].
En materia de criminalidad organizada o terrorismo las cosas no son distintas: siete delegaciones de 125, aunque justicia penal y orden interno aparece en 27 delegaciones.
Si ensayamos una contabilidad del contenido de las delegaciones por temas, juntando las materias que aparecen en las tablas, los que mĆ”s veces aparecen en las delegaciones son economĆa, finanzas pĆŗblicas e impuestos, que aparece 70 veces; administración pĆŗblica, 22; códigos, fuera de los penales y procesales penales, 13; trabajo y temas sociales, 11.
En lo que va del procedimiento que ha seguido a la solicitud de agosto, la āurgenciaā ha sido empleada por el gobierno como si su invocación funcionara como un acelerador del proceso. Pero las delegaciones no son un asunto de trĆ”mites urgentes. De hecho, las Ć”reas que con mĆ”s frecuencia han sido objeto de delegaciones son las que reclaman consistencia tĆ©cnica entre leyes y polĆticas pĆŗblicas, no las que se refieren a urgencias.
Si cruzamos las 66 materias contenidas en la solicitud de facultades de agosto de 2026 con el listado de temas mĆ”s frecuentes en las delegaciones registradas desde 1980, encontraremos exactamente aquello que ha sido objeto habitual de las delegaciones aprobadas en 46 aƱos: tributos y aduanas, las mype y el desarrollo productivo corresponden al bloque de economĆa, finanzas pĆŗblicas e impuestos, el mĆ”s frecuente de la serie. La solicitud tiene medidas sobre reforma del Estado, vivienda, trabajo y asuntos sociales. Pero ninguno de estos temas puede reclamarse como urgente, de modo que al insistir el gobierno en esta construcción, sin notarlo los puso de lado.
El discurso sobre la urgencia, en un procedimiento en el que manda la consistencia técnica y la especialización distorsionó el debate. En octubre de 2026 Diputados acordó proponer al Senado la aprobación de 20 materias; 6 incluidas en el bloque sobre seguridad ciudadana y 14 que, aunque estaban dispersas en los demÔs bloques, fueron relacionadas con la atención a las emergencias del Fenómeno El Niño.
La insistencia en la urgencia centró el debate en los asuntos que usualmente no se discuten por la vĆa de las facultades delegadas, El NiƱo y criminalidad violenta. Las opciones de recorte quedaron distorsionadas. Imposible establecer cómo se habrĆa desarrollado el proceso si el gobierno hubiera optado por priorizar las materias usuales, aquellas en las que resulta imprescindible dar prevalencia a la consistencia tĆ©cnica entre leyes y polĆticas pĆŗblicas o si hubiera dosificado sus solicitudes notando que las delegaciones requieren consistencia, no rapidez.
En el debate el gobierno no notó las diferencias entre las distintas velocidades y procedimientos que reclaman las urgencias y las delegaciones. Mezcló todos los asuntos que pudo en un solo pedido de facultades delegadas precipitado e indiferenciado. Renunció a distribuir sus solicitudes a lo largo del tiempo, renunció a ensayar primero procedimientos acotados de delegaciones parciales, renunció a usar los procedimientos para proyectos de ley de trÔmite de urgencia, la iniciativa legislativa ordinaria, las declaraciones de emergencia por sectores y los decretos de urgencia para embarcarse en una pelea reforzada por un lenguaje fuertemente confrontacional.
4.
El primer proceso de delegación de facultades promovido por este gobierno estĆ” ocupando un espacio que no le corresponde. La delegación ha sido presentada como si fuera el ritual necesario de iniciación de un rĆ©gimen de gobierno, āuna buena prĆ”ctica democrĆ”ticaā, ha dicho Jaime de Althaus[7]. Pero no lo es. No es cierto que ātodosā los gobiernos elegidos desde que entró en vigencia la Constitución de 1979 hayan hecho algo semejante a una apuesta por convertir sus planes de gobiernos en facultades legislativas delegadas. Tampoco es cierto que la viabilidad de cada gobierno haya dependido de la primera delegación que hayan ensayado.
El gobierno ha definido los tĆ©rminos de este proceso en medio de un apresuramiento muy poco reflexivo, sin darse cuenta de que estamos colocando arbitrariamente la solicitud de delegación de facultades en el espacio institucional āahora vacĆoā que ocupaba antes de la reforma constitucional de marzo de 2024 el otorgamiento de la confianza del primer gabinete. El proceso ha quedado convertido en una simple operación de reemplazo simbólico montada sin una revisión suficientemente crĆtica de la forma en que por esta vĆa se distorsiona el sentido y la utilidad constitucional de este procedimiento.
Incluso en el lenguaje usual hemos llegado a asociar las solicitudes de facultades, sin notarlo, con la amenaza de cerrar el Congreso ādiputados, en el rĆ©gimen actualā, a pesar de las nulas conexiones constitucionales que tienen ambos procedimientos. En la Constitución el cierre del Congreso estĆ” asociado a la denegación de confianza, pero la denegación de una solicitud de facultades no es lo mismo que una denegación de confianza. De acuerdo a la forma que han adquirido despuĆ©s de la ley 31355, de octubre de 2021, y de la reforma constitucional de marzo de 2024, las cuestiones de confianza son un botón rojo que el gobierno solo puede activar a partir de pedidos relacionados con sus propias facultades de gobierno. La ley 31355 excluye expresamente de la confianza las materias que son competencia exclusiva del Congreso. La delegación de facultades legislativas es una atribución que se desprende de una competencia ajena al gobierno, la de legislar, que no puede ser delegada sin una justificación clara.
Sin embargo la falsa asociación entre ambas instituciones, denegación de confianza y denegación de delegación de facultades legislativas se instaló desde antes que se formalizara el pedido. La causó JosuĆ© GutiĆ©rrez, Defensor del Pueblo, que en agosto sostuvo que si la presidenta disolvĆa el Congreso su popularidad subirĆa ā20 o 30 puntosā. El 29 de setiembre, con la solicitud aĆŗn detenida en comisiones, el primer ministro Galarreta afirmó que en este asunto el gobierno habĆa mantenido āpaciencia democrĆ”tica⦠hasta el momentoā. El mismo dĆa la presidenta afirmó que las organizaciones de oposición āEstĆ”n poniendo a prueba [su] pacienciaā. En el camino la opción de cerrar el Congreso fue repetidamente negada por la presidenta y por sus ministros, pero sin observar que el punto ni siquiera puede estar en discusión cuando se trata de rechazar solicitudes de facultades delegadas.
Desde la oposición, la vinculación entre ambos temas ha sido hecha a la defensiva. El 5 de setiembre el diputado Ernesto Zunini, de Juntos, calificó la solicitud de facultades como āun intento encubierto de disolver la CĆ”mara de Diputadosā. El 30 de setiembre el senador Jaime Delgado, de Ahora Nación, sugirió que las declaraciones sobre la paciencia del gobierno podĆan anticipar un intento por cerrar Diputados: āĀæluego [de esas declaraciones sobre la āpacienciaā] quĆ© viene?ā, preguntó en pĆŗblico. El 5 de octubre, preguntada si disolverĆa Diputados, la presidenta se limitó a decir que no va a āahondar en el debateā.
El cierre no parece polĆticamente posible: no solo porque el texto constitucional lo asocia a un procedimiento distinto, la denegación de confianza, sino ademĆ”s porque la Constitución dispone que, si se usa esa facultad se llame a elecciones para reemplazar a los diputados, y no es imaginable que el gobierno quiera exponerse a un proceso en el que no contarĆa con la locomotora de arrastre de su partido, que es la seƱora Fujimori.
Pero aun asĆ, notar que la distorsión existe en el plano del discurso resulta muy Ćŗtil para entender el peso desproporcionado que tiene cada forma de contar las cosas, el tremendismo con que se presenta el ātodo o todoā en que ha venido insistiendo el gobierno y el āentonces nadaā con que le contesta Juntos, el sector mĆ”s radical de la oposición.
En el proceso iniciado en agosto de 2026 la solicitud de facultades delegadas ha sido instalada en ese espacio que hasta la Ćŗltima reforma constitucional ocupaba la primera cuestión de confianza del gabinete. Esta extrapolación explica la forma en que se han alterado los sentidos polĆticos de un proceso que mantenemos sobrecargado con significados que no le corresponden.
Listado de delegaciones
Nota tƩcnica
Matriz consolidada de contraste. Corte al 7 de octubre de 2026, revisada y cotejada el 8 de octubre, ajustada el 15 de octubre y cerrada el 16 de octubre de 2026.
AuditorĆa jurĆdica: ChatGPT (OpenAI). Revisión editorial posterior y cotejo de fechas, tĆtulos y clĆ”usulas contra el Archivo Digital de la Legislación del PerĆŗ: Claude (Anthropic).
Alcance: La conciliación de la tabla previa y de los hallazgos acumulados fue revisada por el autor.
Criterio de clasificación. Delegación original: autorización para dictar decretos legislativos. Prórroga/modificación: altera autorización previa sin constituir una nueva. Procedimiento presupuestario especial: mecanismo de promulgación distinto de la delegación ordinaria.
Tipo. Cada fila se individualiza en una de cuatro clases. Delegación: ley dictada para delegar. Delegación en ley de otro objeto: clĆ”usula habilitante dentro de una ley de presupuesto, financiamiento, endeudamiento u otra; cuenta como delegación. Prórroga o modificación: amplĆa o altera una delegación anterior; se lista, pero no se suma a las delegaciones, porque no contiene ampliaciones temĆ”ticas sino solo temporales. De las 16 filas de este tipo, 15 solo amplĆan o conceden un plazo. Una, la ley 24932, altera plazo y alcance en sentido restrictivo, pero dentro del marco de la delegación original, la ley 24913, por lo que no ha sido contabilizada como una delegación nueva o adicional. La ley 24792, que reforma la ley 24650, fue registrada inicialmente como modificación; su lectura mostró que contiene una habilitación nueva, la disposición dĆ©cimo octava J, que encarga crear por decreto legislativo el Sistema de Banca Regional de Fomento en 90 dĆas, por lo que se cuenta como delegación en ley de otro objeto. Con ese ajuste el recuento es de 125 delegaciones: 82 leyes dictadas para delegar y 43 clĆ”usulas en leyes de otro objeto. Procedimiento especial: fuera del recuento ordinario.
Grados de evidencia. TĆtulo oficial: la denominación con que el Archivo Digital de la Legislación del PerĆŗ registra la ley dice por sĆ misma que delega, faculta o prorroga. ArtĆculo identificado: se ubicó el artĆculo o la disposición habilitante; en 36 filas se leyó el 8 de octubre de 2026 en la copia de El Peruano que conserva el Archivo, mediante reconocimiento óptico de texto, y en las demĆ”s proviene de la auditorĆa previa hecha por el autor consultando fuentes oficiales.
Fechas. Todas son la fecha de publicación que registra el Archivo Digital de la Legislación del Perú, consultado el 8 de octubre de 2026.
BelaĆŗnde (1980-1985)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 23223 | 17 oct 1980 | Delegación | Art. 1: autoriza crear el Sistema Nacional de Cooperación Popular; plazo de 60 dĆas Ćŗtiles (art. 2). | ArtĆculo identificado |
| 23224 | 22 oct 1980 | Delegación | Concede al Ejecutivo la facultad de legislar. SegĆŗn el inventario: reestructuración del Ministerio de Agricultura; promoción y desarrollo agrario. | TĆtulo oficial |
| 23226 | 12 nov 1980 | Delegación | Derogar o modificar los decretos leyes sobre el despojo de los diarios, radios y televisoras | TĆtulo oficial |
| 23230 | 16 dic 1980 | Delegación | Delegación amplia para revisar la legislación del gobierno militar, incluidos códigos, minerĆa, sociedades y organización del Ejecutivo. | TĆtulo oficial |
| 23233 | 31 dic 1980 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de Presupuesto de 1981. ClĆ”usula entre los arts. 88 y 90: plazos de pago, intereses y demĆ”s cargas financieras de los prĆ©stamos externos, fijados por decreto legislativo. Otra clĆ”usula permite autorizar por decreto legislativo incrementos de remuneraciones y pensiones. | ArtĆculo identificado |
| 23350 | 30 dic 1981 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de Presupuesto de 1982. Art. 156: ampliar por decreto legislativo el presupuesto del Ministerio de Vivienda, una vez concertado el prĆ©stamo del plan de agua potable y alcantarillado. | ArtĆculo identificado |
| 23403 | 28 may 1982 | Delegación | Faculta promulgar mediante decreto legislativo el Código Civil. | TĆtulo oficial |
| 23526 | 22 dic 1982 | Delegación | Ley General de Incentivos, Beneficios y Exoneraciones Tributarias | TĆtulo oficial |
| 23556 | 30 dic 1982 | Delegación en ley de otro objeto | Arts. 154 y 163: ampliaciones presupuestarias mediante decretos legislativos. | ArtĆculo identificado |
| 23601 | 31 may 1983 | Delegación | Atribuciones del presidente del Consejo de Ministros | TĆtulo oficial |
| 23672 | 15 sep 1983 | Delegación | Servicio militar obligatorio; armas en manos de particulares | TĆtulo oficial |
| 23708 | 8 dic 1983 | Delegación | Transporte terrestre de pasajeros y carga | TĆtulo oficial |
| 23720 | 14 dic 1983 | Delegación | Sistema y Servicio de Inteligencia Nacional | TĆtulo oficial |
| 23724 | 14 dic 1983 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de financiamiento del presupuesto de 1984. Arts. 55 (180 dĆas) y 59 (60 dĆas): facultades para dictar decretos legislativos; el art. 29 contiene las materias tributarias que retoma la Ley 23850. Materia de los arts. 55 y 59 por transcribir. | ArtĆculo identificado |
| 23740 | 30 dic 1983 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 128: ampliación presupuestaria del Instituto Nacional de Desarrollo, ejercicio 1984. | ArtĆculo identificado |
| 23756 | 31 dic 1983 | Delegación | Modificar, ampliar o derogar disposiciones de códigos distintos del Civil | TĆtulo oficial |
| 23850 | 9 jun 1984 | Delegación | Materias del art. 29 de la Ley 23724 (tributaria), con vigencia hasta el 30 de julio de 1984. | TĆtulo oficial |
| 23853 | 9 jun 1984 | Delegación en ley de otro objeto | Ley OrgĆ”nica de Municipalidades. Disposición quinta: integrar las normas de tributación municipal; 90 dĆas. Disposición sexta: nueva ley del impuesto de alcabala; 90 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 23854 | 9 jun 1984 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 1, num. 2: Ley General de Expropiación e impuesto de alcabala y adicional de alcabala; plazo de 60 dĆas. La ley modifica la Ley OrgĆ”nica de Municipalidades. | ArtĆculo identificado |
| 23859 | 10 jun 1984 | Delegación | Faculta promulgar, dentro del perĆodo constitucional, los códigos Penal y de Procedimientos Penales. | TĆtulo oficial |
| 23860 | 10 jun 1984 | Delegación | Código de Ejecución Penal; plazo de 180 dĆas. | TĆtulo oficial |
| 23867 | 13 jun 1984 | Delegación | Estructura del Ministerio del Interior y de las fuerzas policiales; estatuto policial; ascensos | TĆtulo oficial |
| 23945 | 18 oct 1984 | Delegación | Sistema de asignaciones familiares | TĆtulo oficial |
| 23974 | 31 oct 1984 | Delegación | Código de Menores | TĆtulo oficial |
| 23976 | 31 oct 1984 | Delegación | Art. 2: Ley OrgĆ”nica del Poder Judicial que apruebe la comisión de la Ley 23428; plazo de 180 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 23978 | 3 nov 1984 | Delegación | Ley General del Deporte | TĆtulo oficial |
| 23999 | 28 nov 1984 | Prórroga o modificación | AmplĆa 30 dĆas la delegación de Ley 23708. | ArtĆculo identificado |
| 24008 | 30 nov 1984 | Delegación | Ministerio del Interior, rĆ©gimen policial y bomberos; plazo 60 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 24030 | 14 dic 1984 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de financiamiento del sector pĆŗblico de 1985. Art. 22: facultad de legislar durante 1985. Otra clĆ”usula, por 210 dĆas, permite elevar tasas por decreto legislativo ante desequilibrios presupuestales. Materia del art. 22 por transcribir. | ArtĆculo identificado |
| 24038 | 27 dic 1984 | Delegación | Código Agrario | TĆtulo oficial |
| 24057 | 6 ene 1985 | Delegación | Código de TrĆ”nsito y Circulación Vial | TĆtulo oficial |
| 24065 | 11 ene 1985 | Delegación | Procedimientos para rehacer los registros civiles | TĆtulo oficial |
| 24066 | 12 ene 1985 | Prórroga o modificación | Plazo adicional para los decretos de transporte (ley 23708) | TĆtulo oficial |
| 24068 | 12 ene 1985 | Prórroga o modificación | Prorroga por 60 dĆas la facultad de dictar el Código de Ejecución Penal (Ley 23860). | TĆtulo oficial |
| 24072 | 12 ene 1985 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 8: industria papelera; plazo 60 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 24077 | 15 ene 1985 | Delegación | Art. 2: promulgar la Ley de PolĆtica Nacional de Población que elabore la comisión; plazo de 180 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 24079 | 18 ene 1985 | Delegación | Telecomunicaciones y transmisión de datos | TĆtulo oficial |
| 24131 | 28 may 1985 | Delegación | Nuevo Código de Procedimientos Civiles | TĆtulo oficial |
GarcĆa (1985-1990)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 24294 | 15 ago 1985 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 2: Ley OrgĆ”nica del Ministerio del Interior, leyes de las fuerzas policiales y Ley del Sistema de Inteligencia Nacional; plazo de 90 dĆas. La ley declara en reorganización a las fuerzas policiales. | ArtĆculo identificado |
| 24297 | 30 ago 1985 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 2: Ley OrgĆ”nica del Ministerio de la Presidencia y modificaciones a la Ley del Poder Ejecutivo; plazo de 60 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 24304 | 12 sep 1985 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 2: legislación de PetroperĆŗ y sus afiliadas; plazo de 120 dĆas. La ley declara en reorganización a la empresa. | ArtĆculo identificado |
| 24305 | 15 sep 1985 | Delegación | Ley OrgĆ”nica del Sector Salud y de sus organismos descentralizados | TĆtulo oficial |
| 24372 | 29 nov 1985 | Prórroga o modificación | Plazo adicional de 90 dĆas para concluir el Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales. La delegación que prorroga no estĆ” identificada. | TĆtulo oficial |
| 24394 | 11 dic 1985 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 2: operaciones de endeudamiento externo de 1986. Art. 9: renegociación de la deuda externa; hasta el 31 de diciembre de 1986. | ArtĆculo identificado |
| 24395 | 11 dic 1985 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 12: redistribución de la carga tributaria y simplificación del sistema de impuestos; plazo de 30 dĆas, previo informe de una comisión bicameral. Ley de equilibrio financiero de 1986. | ArtĆculo identificado |
| 24416 | 20 dic 1985 | Prórroga o modificación | Prórroga de la Ley 24294 | TĆtulo oficial |
| 24422 | 30 dic 1985 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de Presupuesto de 1986. Art. 262: ampliar por decreto legislativo el presupuesto de los proyectos conjuntos PerĆŗ-AID. Otra clĆ”usula semejante, de nĆŗmero ilegible en la copia. | ArtĆculo identificado |
| 24501 | 25 abr 1986 | Delegación | Estructura de las direcciones generales de Contribuciones y de Aduanas | TĆtulo oficial |
| 24514 | 5 jun 1986 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de estabilidad en el trabajo. Disposición segunda: descentralización de la estructura orgĆ”nica del fuero de trabajo; plazo de 60 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 24536 | 24 jun 1986 | Delegación | Creación del Instituto de Comercio Exterior | TĆtulo oficial |
| 24562 | 24 oct 1986 | Prórroga o modificación | Ley de crĆ©dito suplementario de 1986. Art. 13: amplĆa en 180 dĆas el plazo del art. 1 de la Ley 24501. | ArtĆculo identificado |
| 24565 | 1 nov 1986 | Delegación en ley de otro objeto | Sistema elĆ©ctrico de transporte masivo de Lima y Callao; plazo de 180 dĆas. La ley da fuerza de ley al D. S. 001-86-MIPRE; nĆŗmero de artĆculo ilegible en la copia. | ArtĆculo identificado |
| 24582 | 11 dic 1986 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de equilibrio financiero de 1987. ClĆ”usula tributaria, previo informe de una comisión parlamentaria: impuestos a la renta, al patrimonio empresarial y al consumo (nĆŗmero de artĆculo ilegible en la copia). Art. 18: condiciones de las operaciones de endeudamiento, hasta el 31 de diciembre de 1987. | ArtĆculo identificado |
| 24583 | 11 dic 1986 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 12: condiciones de las operaciones de endeudamiento del art. 11; hasta el 31 de diciembre de 1987. | ArtĆculo identificado |
| 24600 | 23 dic 1986 | Delegación | Código de TrĆ”nsito y Circulación Vial; Ley de Quiebras | TĆtulo oficial |
| 24630 | 31 dic 1986 | Delegación | Ley OrgĆ”nica del Sector Agrario | TĆtulo oficial |
| 24642 | 8 ene 1987 | Delegación | Ley CartogrĆ”fica Nacional | TĆtulo oficial |
| 24650 | 20 mar 1987 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de Bases de la Regionalización. Disposición decimotercera: adecuar el rĆ©gimen de la actividad empresarial del Estado a los gobiernos regionales; plazo de 180 dĆas. Disposición decimoquinta: rĆ©gimen de incentivos a las remuneraciones del sector pĆŗblico para la descentralización; plazo de 180 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 24654 | 1 abr 1987 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 5: Ley OrgĆ”nica del Ministerio de Defensa y adecuación de los D. Leg. 130, 131, 133 y 217; plazo de 180 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 24723 | 11 oct 1987 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 17: delegación relativa al sistema bancario, financiero y de seguros. | ArtĆculo identificado |
| 24741 | 27 nov 1987 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 8: aprobación de las operaciones de endeudamiento externo de 1988. | ArtĆculo identificado |
| 24750 | 4 dic 1987 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de equilibrio financiero de 1988. Art. 29: facultad por 120 dĆas Ćŗtiles, previo informe de una comisión parlamentaria. SegĆŗn el inventario, IGV e ISC. | ArtĆculo identificado |
| 24790 | 5 ene 1988 | Delegación en ley de otro objeto | Ley General de PesquerĆa. Disposición transitoria: la ley orgĆ”nica del sector se promulga por decreto legislativo, sobre proyecto que debe presentarse en 180 dĆas. No delega el Código Sanitario, como dice el inventario. | ArtĆculo identificado |
| 24792 | 11 feb 1988 | Delegación en ley de otro objeto | Reforma la Ley 24650 sin tocar su disposición decimoquinta. Art. 23: aƱade la disposición dĆ©cimo octava J, que encarga crear por decreto legislativo el Sistema de Banca Regional de Fomento; plazo de 90 dĆas. Habilitación nueva, leĆda el 15 de octubre de 2026. | ArtĆculo identificado |
| 24877 | 28 jul 1988 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 6: facultades para parques industriales de Lima; distinto del reconocimiento de fuerza de ley a un decreto supremo. | ArtĆculo identificado |
| 24911 | 26 oct 1988 | Prórroga o modificación | AmplĆa a todo el resto del perĆodo constitucional el plazo de la Ley 23859 para los códigos Penal y de Procedimientos Penales. | TĆtulo oficial |
| 24913 | 26 oct 1988 | Delegación | Tributaria | TĆtulo oficial |
| 24932 | 10 nov 1988 | Prórroga o modificación | Sustituye el tercer pĆ”rrafo del art. 1 de la Ley 24913: mueve el vencimiento al 30 de noviembre de 1988 y limita la facultad a los incisos a) y b). Restringe el alcance; no aƱade materias. | TĆtulo oficial |
| 24948 | 4 dic 1988 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 49: Sistema Nacional de Presupuesto de la Actividad Empresarial del Estado; plazo de 90 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 24955 | 17 dic 1988 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 2: restauración y reconstrucción de Cusco y poblaciones vecinas. | ArtĆculo identificado |
| 24960 | 17 dic 1988 | Delegación | Faculta promulgar el nuevo Código Sanitario. | TĆtulo oficial |
| 24970 | 23 dic 1988 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de endeudamiento externo de 1989. Art. 4: aprobar por decreto legislativo las operaciones de endeudamiento. | ArtĆculo identificado |
| 24971 | 23 dic 1988 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de equilibrio financiero de 1989. Art. 38: facultad hasta el 31 de marzo de 1989, previo informe de una comisión bicameral. SegĆŗn el inventario, impuestos patrimoniales y UIT. | ArtĆculo identificado |
| 24977 | 31 dic 1988 | Procedimiento especial | Ley presupuestaria; art. 6: delegación administrativa; art. 60: procedimiento especial de créditos suplementarios. D. Leg. 573 cita discordantemente el art. 6. | Excluir del recuento ordinario |
| 25015 | 28 mar 1989 | Prórroga o modificación | AmplĆa en 30 dĆas facultades de Ley 24948. | ArtĆculo identificado |
| 25034 | 10 jun 1989 | Delegación | Impuesto al patrimonio neto personal | TĆtulo oficial |
| 25035 | 11 jun 1989 | Delegación en ley de otro objeto | Primera disposición complementaria y final: organización del INAP; 90 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 25078 | 22 jul 1989 | Delegación | Tributaria | TĆtulo oficial |
| 25104 | 5 oct 1989 | Delegación | Faculta dictar la Ley OrgĆ”nica del Poder Judicial. | TĆtulo oficial |
| 25159 | 28 dic 1989 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de endeudamiento externo de 1990. Art. 4: aprobar por decreto legislativo las operaciones de endeudamiento. | ArtĆculo identificado |
| 25160 | 28 dic 1989 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de equilibrio financiero de 1990. Art. 21: normas de ajuste integral por inflación de los estados financieros con efecto tributario; plazo de 90 dĆas calendario. | ArtĆculo identificado |
| 25186 | 10 ene 1990 | Delegación | Trabajo mĆ©dico; invocada por D. Leg. 559. | TĆtulo oficial |
| 25187 | 18 ene 1990 | Delegación | Organización y funciones del Ejecutivo; invocada por D. Leg. 564. | TĆtulo oficial |
| 25221 | 2 jun 1990 | Prórroga o modificación | AmplĆa a todo el perĆodo constitucional el plazo de la Ley 25104 para la Ley OrgĆ”nica del Poder Judicial. | TĆtulo oficial |
| 25238 | 9 jun 1990 | Delegación | Código del Medio Ambiente y los Recursos Naturales | TĆtulo oficial |
| 25251 | 19 jun 1990 | Delegación | Ley General del Artista | TĆtulo oficial |
A. Fujimori (1990-2000)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 25279 | 19 oct 1990 | Delegación | Tributaria y exoneraciones del gobierno central | TĆtulo oficial |
| 25280 | 30 oct 1990 | Delegación | Código Penal; plazo de 90 dĆas segĆŗn la exposición de motivos del código. | TĆtulo oficial |
| 25281 | 30 oct 1990 | Delegación | Código Procesal Penal | TĆtulo oficial |
| 25282 | 28 nov 1990 | Delegación | Código Procesal Civil | TĆtulo oficial |
| 25289 | 18 dic 1990 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de equilibrio financiero de 1991. Disposición novena: facultades hasta el 30 de setiembre de 1991. SegĆŗn el inventario, perfeccionamiento del sistema tributario. | ArtĆculo identificado |
| 25292 | 25 dic 1990 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 3: Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros; plazo de 120 dĆas. La ley deroga la Ley 24723. | ArtĆculo identificado |
| 25294 | 1 ene 1991 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 4: administración pĆŗblica transitoria en el departamento de San MartĆn; plazo de 15 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 25296 | 3 ene 1991 | Delegación | Nuevo Código de Menores | TĆtulo oficial |
| 25297 | 3 ene 1991 | Delegación | Nuevo Código de Ejecución Penal | TĆtulo oficial |
| 25305 | 10 feb 1991 | Prórroga o modificación | TĆ©rmino adicional de 60 dĆas para dictar el Código Penal (Ley 25280). | TĆtulo oficial |
| 25324 | 11 jun 1991 | Prórroga o modificación | Prorroga en 100 dĆas el tĆ©rmino del art. 3 de la Ley 25285, que modificó el D. Leg. 612 (Ley OrgĆ”nica del Poder Judicial). | TĆtulo oficial |
| 25327 | 17 jun 1991 | Delegación | Pacificación nacional, fomento del empleo y crecimiento de la inversión privada | TĆtulo oficial |
| 25381 | 28 dic 1991 | Delegación en ley de otro objeto | Art. 23: autorización para nuevo Código Tributario hasta 31 de marzo de 1992. | ArtĆculo identificado |
| 26202 | 24 jun 1993 | Delegación | Ley General de Instituciones Bancarias, Financieras y de Seguros | TĆtulo oficial |
| 26249 | 24 nov 1993 | Delegación | Sistema tributario del gobierno central y de los gobiernos locales | TĆtulo oficial |
| 26268 | 30 dic 1993 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de Presupuesto de 1994. Disposición segunda: aprobar por decreto legislativo la declaración en reorganización de las entidades del Ejecutivo. | ArtĆculo identificado |
| 26404 | 14 dic 1994 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de Presupuesto de 1995. Disposición sexta: medidas administrativas, de organización y de presupuesto por decreto legislativo. | ArtĆculo identificado |
| 26553 | 12 dic 1995 | Delegación en ley de otro objeto | Ley de Presupuesto de 1996. Disposición octava: reorganización, sistemas administrativos y asignación de funciones; plazo de 360 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 26557 | 26 dic 1995 | Delegación | Tributaria; protección al consumidor y propiedad intelectual; pensiones; formalización de la propiedad; empresas agrarias | TĆtulo oficial |
| 26595 | 20 abr 1996 | Delegación | Código de Comercio | TĆtulo oficial |
| 26648 | 26 jun 1996 | Delegación | Poblaciones desplazadas; promoción del empleo; reestructuración empresarial; eje Matarani-Ilo-Tacna | TĆtulo oficial |
| 26665 | 26 sep 1996 | Prórroga o modificación | Prórroga de la Ley 26648 | TĆtulo oficial |
| 26666 | 26 sep 1996 | Delegación | Zona de desarrollo Paita-Piura-Sullana-Tumbes | TĆtulo oficial |
| 26679 | 27 oct 1996 | Prórroga o modificación | Prórroga de la Ley 26648 | TĆtulo oficial |
| 26950 | 19 may 1998 | Delegación | Seguridad nacional | TĆtulo oficial |
| 27103 | 9 may 1999 | Delegación en ley de otro objeto | Ley que crea el impuesto de solidaridad en favor de la niƱez desamparada. ClĆ”usula previa al art. 7: rĆ©gimen de exoneraciones del impuesto por decreto legislativo; plazo de 90 dĆas. | ArtĆculo identificado |
| 27164 | 10 ago 1999 | Delegación | Servicios de saneamiento | TĆtulo oficial |
| 27221 | 13 dic 1999 | Prórroga o modificación | Prórroga de la Ley 27164 | TĆtulo oficial |
| 27279 | 2 jun 2000 | Prórroga o modificación | Prórroga de la Ley 27221 | TĆtulo oficial |
Paniagua (2000-2001)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 27426 | 17 feb 2001 | Delegación | Inspecciones de trabajo y defensa del trabajador | TĆtulo oficial |
| 27434 | 10 mar 2001 | Delegación | Tributaria | TĆtulo oficial |
Toledo (2001-2006)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 27913 | 9 ene 2003 | Delegación | Terrorismo | TĆtulo oficial |
| 28079 | 27 sep 2003 | Delegación | Tributaria | TĆtulo oficial |
| 28269 | 4 jul 2004 | Delegación | Código Procesal Penal | TĆtulo oficial |
| 28636 | 6 dic 2005 | Delegación | Código de Justicia Militar Policial | TĆtulo oficial |
GarcĆa (2006-2011)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 28932 | 16 dic 2006 | Delegación | Tributaria | TĆtulo oficial |
| 29009 | 28 abr 2007 | Delegación | TrĆ”fico ilĆcito de drogas, lavado de activos, terrorismo, secuestro, extorsión y crimen organizado | TĆtulo oficial |
| 29157 | 20 dic 2007 | Delegación | Acuerdo comercial con Estados Unidos y competitividad; 180 dĆas calendario. | ArtĆculo identificado |
| 29548 | 3 jul 2010 | Delegación | Justicia militar policial; uso de la fuerza; normas procesales y penitenciarias para militares y policĆas | TĆtulo oficial |
Humala (2011-2016)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 29792 | 20 oct 2011 | Delegación en ley de otro objeto | Segunda disposición complementaria final: ley de organización y funciones del Ministerio de la Mujer (dentro de la ley que crea el MIDIS). Plazo de 90 dĆas por cotejar. | ArtĆculo identificado |
| 29815 | 22 dic 2011 | Delegación | MinerĆa ilegal | TĆtulo oficial |
| 29884 | 9 jun 2012 | Delegación | Tributaria, aduanera y delitos tributarios y aduaneros | TĆtulo oficial |
| 29915 | 12 sep 2012 | Delegación | Reforma de los sectores Interior y Defensa | TĆtulo oficial |
| 30073 | 9 ago 2013 | Delegación | Sistema Nacional de Salud | TĆtulo oficial |
| 30335 | 1 jul 2015 | Delegación | Administrativa, económica y financiera | TĆtulo oficial |
| 30336 | 1 jul 2015 | Delegación | Seguridad ciudadana, delincuencia y crimen organizado | TĆtulo oficial |
Kuczynski (2016-2018)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 30506 | 9 oct 2016 | Delegación | Reactivación económica y formalización; seguridad; corrupción; agua y saneamiento; reorganización de PetroperĆŗ | TĆtulo oficial |
Vizcarra (2018-2020)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 30776 | 24 may 2018 | Delegación | Reconstrucción y cierre de brechas en infraestructura y servicios | TĆtulo oficial |
| 30823 | 19 jul 2018 | Delegación | Gestión económica y competitividad; integridad y corrupción; violencia y vulnerabilidad; modernización del Estado | TĆtulo oficial |
| 31011 | 27 mar 2020 | Delegación | Emergencia sanitaria por el COVID-19; art. 1; plazo de 45 dĆas. | TĆtulo oficial |
| 31020 | 28 may 2020 | Delegación | Penal, procesal penal y penitenciaria (deshacinamiento por el COVID-19) | TĆtulo oficial |
Merino (2020)
Sin ley autoritativa en el Archivo Digital (bĆŗsqueda por tĆtulo).
Sagasti (2020-2021)
Sin ley autoritativa en el Archivo Digital (bĆŗsqueda por tĆtulo).
Castillo (2021-2022)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 31380 | 27 dic 2021 | Delegación | Tributaria, fiscal, financiera y de reactivación económica | TĆtulo oficial |
Boluarte (2022-2025)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 31696 | 28 feb 2023 | Delegación | Reactivación económica y modernización de la gestión del Estado; plazo de 90 dĆas. | TĆtulo oficial |
| 31880 | 23 sep 2023 | Delegación | Seguridad ciudadana; gestión del riesgo de desastres (El NiƱo global); infraestructura social; calidad de proyectos; meritocracia | TĆtulo oficial |
| 32089 | 4 jul 2024 | Delegación | Reactivación económica; simplificación y calidad regulatoria; actividad empresarial del Estado; seguridad ciudadana y defensa nacional; art. 2; plazo de 90 dĆas. | TĆtulo oficial |
JerĆ (2025-2026)
| Ley | Publicación | Tipo | Materia / observación | Evidencia |
|---|---|---|---|---|
| 32527 | 15 dic 2025 | Delegación | Seguridad ciudadana y criminalidad organizada; crecimiento económico; fortalecimiento institucional | TĆtulo oficial |
BalcƔzar (2026)
Sin ley autoritativa en el Archivo Digital (bĆŗsqueda por tĆtulo).
Versión al 16 de octubre de 2026.
Notas
- Este texto compila publicaciones parciales hechas por el autor en La República y en el portal de Epicentro, articuladas al determinar una revisión de las prÔcticas legislativas en esta materia que se presentan como tabla final. El autor utiliza herramientas de inteligencia artificial exclusivamente en funciones de apoyo vinculadas a la edición y al control de fuentes citadas. El texto es de elaboración manual. Volver al texto
- Vamos a asumir para este papel como āmateriaā al Ć”rea especĆfica en que debe moverse cada autorización solicitada. Es a ellas, a las materias, a las que se refiere la Constitución cuando dispone que la solicitud sea precisa (artĆculo 104). Llamaremos ātemaā al Ć”rea general en que se mueven o agrupan las materias, a saber āinfraestructuraā; āpequeƱas y medianas empresasā, ātributaciónā, etc. Volver al texto
- Ver al respecto las notas de Infobae de 22 de enero de 2025 y 13 de marzo de 2026, reseƱando intervenciones por desabastecimiento en 23 de 27 hospitales y centros de EsSalud en 14 regiones a las que se agregó luego una intervención adicional en el Hospital Sabogal. La RepĆŗblica, el 4 de agosto de 2026 reseñó una visita de ContralorĆa a la Digerd del MINSA y un informe que mostraba un 30% de activos inoperativos, entre ellos el 97 % del instrumental y el 75 % de los equipos electromecĆ”nicos. Entre los aƱos 2021 y marzo de 2026 el sector ha tenido ocho ministros segĆŗn una nota de Infobae del 13 de marzo de 2026. Volver al texto
- Solo contando el mes de setiembre de 2026, los dos principales diarios del paĆs, El Comercio y La RepĆŗblica, dedicaron siete columnas editoriales a las facultades delegadas, una al presupuesto y una a la caducidad del Reinfo. Volver al texto
- El 3 de setiembre de 2026, en Rioja, la presidenta sostuvo que āsin facultadesā su gobierno no puede combatir el crimen (Andina, 3 de setiembre de 2026 y La RepĆŗblica, 9 de octubre de 2026). En Chincha, el 29 de setiembre de 2026 dijo, refiriĆ©ndose a El NiƱo que lo que presentó como un retardo del Congreso en la espera de las facultades solicitadas āpone a prueba la pacienciaā del gobierno (El Peruano, 29 de setiembre de 2026). Sin embargo el presidente del Consejo de Ministros, Luis Galarreta, reconoció ante el Senado el 9 de octubre de 2026 que āNadie ha dicho que no se puede hacer cosas sin las facultadesā (La RepĆŗblica, 9 de octubre de 2026; El Peruano, 10 de octubre de 2026). Volver al texto
- La reconstrucción del Cusco en 1988, la de El Niño costero en el 2018, El Niño global en el 2023 y el COVID-19 en el 2020, por la pandemia misma y también por la situación de los penales. Volver al texto
- āObstruccionismo sin precedentesā; El Comercio, 3 de octubre de 2026, Volver al texto